La ‘Ley Brunito’: la Policía debe actuar de inmediato en casos especiales

La ‘Ley Brunito’: la Policía debe actuar de inmediato en casos especiales

Tras la desaparición de María Jimena y posterior hallazgo de su cuerpo envuelto en llamas, los ciudadanos han exigido mayor celeridad a la Policía Nacional cuando se reporte la desaparición de un niño. Según ley se sabe que el familiar, o aquella persona que desee reportar la desaparición, debe esperar 24 horas para que la Policía reciba la denuncia.

Sin embargo, existe una ley que establece medidas excepcionales ante la desaparición de un niño, adolescente, adulto mayor o persona con discapacidad: esta es la ‘Ley Brunito’ (Ley 29685), llamada así en homenaje a Brunito, niño con autismo que en 2010 desapareció y fue encontrado sin vida.

La ‘Ley Brunito’ está vigente desde el 2011 y establece que la Policía tiene la obligación de recibir la denuncia inmediatamente esta sea puesta ya sea por el familiar, o persona cercana, sin necesidad de haber transcurrido las 24 horas.

La Policía debe iniciar acciones necesarias para la búsqueda y localización de la persona desaparecida. Además, de emitir una nota de alerta y dar aviso a otras unidades especializadas como la Dirección de Defensa Nacional y Control de Fronteras, Dirección de Protección de Carreteras, Dirección de Seguridad Aeroportuaria, a la Central 105 y al Serenazgo Municipal del distrito donde se produjo la desaparición. 

Es importante saber que por ningún motivo la Policía Nacional puede negarse a recibir una denuncia por desaparición, sobre todo si se trata de niños, adolescentes, adultos mayores o personas con discapacidad. 

 

PARA MÁS INFORMACIÓN: 

 

www.youtube.com/watch?v=cFydSPhaJe0

 

https://twitter.com/AlbertoBelaunde/status/960562599195750401

 

 

5 febrero 2018

Actualizado el : 5 febrero 18 | 4:05 pm

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