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Pensión Contigo: Todo lo que necesitas saber para recibir el pago de S/300

El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) ha anunciado que los beneficiarios del tercer padrón del programa de pensión Contigo ya tienen la oportunidad de acceder al cobro de s/300. Más de 106 mil personas con discapacidad severa o en pobreza extrema accederán a este apoyo.

Julio Mendigure, director ejecutivo de Contigo ha compartido una serie de recomendaciones clave para estos beneficiarios. En primer lugar, enfatizó la importancia de realizar el cobro dentro de las dos primeras semanas, utilizando las opciones disponibles como el Banco de la Nación, agentes autorizados o los cajeros Multired.

También destacó que para recibir el pago, los beneficiarios solamente necesitan presentar su DNI: “Los beneficiarios o sus cuidadores solo deben presentar su DNI y tarjeta de débito. Queremos que cobren lo más rápido posible porque es un dinero que les permite comprar insumos de primera necesidad”,expresó.

¿CÓMO INSCRIBIRSE EN EL PROGRAMA DE PENSIÓN CONTIGO?

Para poder solicitar la pensión del Programa Contigo, es necesario dar inicio al procedimiento de afiliación donde se deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Un certificado emitido por los establecimientos de salud del Ministerio de Salud que confirme una discapacidad severa.
  • Se debe demostrar que no se percibe ningún tipo de ingreso o pensión tanto del sector público como privado, incluyendo cualquier prestación económica proveniente del Seguro Social de Salud.
  • Es necesario encontrarse en una situación de pobreza según los criterios establecidos por el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH).

De contar con dichos requerimientos, se deberá llenar un formulario y enviarlo por correo a mesa de partes. El expediente será evaluado durante un periodo de 30 días hábiles.

También se puede acudir a la Oficina Municipal de Atención a las Personas con Discapacidad (OMAPED) ubicada y entregar los documentos correspondientes.

MENORES DE EDAD Y ADULTOS QUE NO PUEDEN MOVILIZARSE ¿PUEDEN COBRAR?

Sí, existe la posibilidad de utilizar el procedimiento de autorización de cobro, el cual posibilitará que el/la cuidador/a sea designado/a como la persona autorizada para realizar el cobro.

Redacción Latina

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