El presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo, envió un proyecto de ley al Congreso de la República para que se establezca que la Policía Nacional del Perú (PNP) pueda detener por un plazo de 15 días a personas sospechosas que haber cometido los presuntos delitos de robo, extorsión, sicariato, secuestro y trata de personas. Estos ilícitos ya se suman a los fijados como lo son de terrorismo, espionaje y tráfico ilícito de drogas.
Según el documento ingresado ayer a la Mesa de Partes, la iniciativa legislativa que es una reforma constitucional, apunta a modificar el literal F, del numeral 24 del artículo 2 de la Constitución Política que está referido a que toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad personales.
De otro lado, el PJ busca ampliar el plazo de detención policial que se realizan en las comisarías dentro del marco de los numerales 1 y 4 del artículo 264 del Nuevo Código Procesal Penal. Actualmente, la ley señala que un policía puede tener a una persona intervenida por 48 horas, pero en la propuesta del PJ se apunta a que este plazo se amplíe a 72 horas.
«Esta elección se basa en la consideración de que estos delitos representan una alta criminalidad y han mostrado un índice considerable de comisión en los últimos cinco años. Estos plazos extendidos permitirían recopilar pruebas y llevar a cabo diligencias técnico-científicas esenciales en el marco de la investigación criminal. El objetivo final es formular adecuadamente la acusación penal, proporcionando a la Policía Nacional y/o al Ministerio Público las herramientas necesarias para abordar de manera efectiva estos delitos cometidos en flagrancia», se lee entre los argumentos.
«La investigación de delitos como sicariato y trata de personas puede ser extremadamente compleja y requerir un tiempo considerable para reunir todas las evidencias necesarias para sustentar un caso. La ampliación del plazo de detención\ preventiva otorga a las autoridades el tiempo necesario para investigar a autores que / están vinculados a estos delitos o redes que, con frecuencia, están constituidas por personas involucradas con estas conductas ilícitas, por lo que no se limita exclusivamente a organizaciones criminales estructuradas», agrega.
Tras la presentación del proyecto toca que sea derivada a la Comisión de Constitución y Reglamento para que se debata, se presente un dictamen a favor o en contra, se apruebe o rechace, sea enviada al Pleno para su decisión final. Al ser una reforma constitucional se requiere de 87 votos en dos legislaturas consecutivas.
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