Trujillo: ¿Por qué el Poder Judicial ordenó la liberación de empresaria que atropelló y causó la muerte a un vigilante?
12.10.2026 / 22:25 aramosz@latina.pe
La Segunda Sala Penal de Apelaciones de La Libertad revocó la condena de prisión efectiva contra la empresaria Maricsa Polet Alfaro Cerna, procesada por el trágico accidente de tránsito en el que perdió la vida el vigilante Juan Martínez Torres en Trujillo.
Mediante una resolución emitida por unanimidad, los magistrados declararon fundados en parte los recursos de apelación presentados por la defensa de Alfaro Cerna y por el actor civil, modificando la pena fijada en primera instancia por el Tercer Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de la Unidad de Flagrancia.
DE CÁRCEL EFECTIVA A PENA SUSPENDIDA
El tribunal resolvió reformar la condena de 4 años, 6 meses y 26 días de pena privativa de la libertad efectiva a pena suspendida en su ejecución por el plazo de dos años.
Como consecuencia directa de este fallo, la Sala ordenó la inmediata libertad de Maricsa Polet Alfaro Cerna, la cual deberá ser ejecutada por el Instituto Nacional Penitenciario (INPE), siempre que no registre otro mandato de detención vigente en su contra.
LAS REGLAS DE CONDUCTA QUE DEBERÁ CUMPLIR
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Para mantener la suspensión de la pena, la empresaria deberá someterse de manera estricta a un conjunto de medidas impuestas por el Poder Judicial:
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Control biométrico: Comparecer cada 60 días ante el Juzgado de Ejecución para justificar y registrar sus actividades.
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Residencia fija: No variar su domicilio real sin autorización previa del juzgado.
Reparación civil: Cumplir con el pago del monto indemnizatorio en la forma y plazo fijados.
Conducta intachable: No cometer un nuevo delito doloso.
En caso de incumplir cualquiera de estas reglas, se aplicará el artículo 59° del Código Penal, lo que podría revocar el beneficio y hacer efectiva la pena de cárcel.
INHABILITACIÓN DEFINITIVA Y AUMENTO DE LA REPARACIÓN CIVIL
Pese a conceder la libertad suspendida, la Sala confirmó la inhabilitación definitiva de Alfaro Cerna para conducir cualquier tipo de vehículo motorizado, conforme al inciso 7 del artículo 36° del Código Penal.
Por otro lado, los jueces reformaron el extremo referente a la indemnización para la familia de la víctima. La reparación civil, que inicialmente se había fijado en S/ 329,280, fue elevada a 400,000 soles a favor de los sucesores legales de Juan Martínez Torres.
Según detalla la resolución dictada por el juez superior ponente Manuel Federico Loyola Florián, el juez de ejecución distribuirá dicho monto previa acreditación del testamento o sucesión intestada. Asimismo, se descontarán todos los aportes, seguros o pagos económicos que la acusada, sus familiares o el tercero civilmente responsable hayan entregado previamente a los deudos desde la fecha del accidente.