El expresidente Alberto Fujimori falleció el miércoles 11 de septiembre del 2024 a los 86 años debido a un cáncer en la lengua que hizo metástasis en sus pulmones. Su muerte ha causado hondo pesar entre sus seguidores y queda la pregunta sobre qué es lo que pasará con la pensión vitalicia que hace unos meses aprobó a su favor el Congreso de la República.
Como se sabe, el Alberto Fujimori estuvo en prisión por más de 15 años luego de ser condenado por crímenes contra los derechos humanos y otros delitos. Sin embargo, pese a todas las pruebas en su contra, salió en libertad después de recibir un polémico indulto presidencial.
No solo eso, tras ser liberado, solicitó al Congreso de la República la entrega de la pensión vitalicia que le corresponde a cualquier expresidente, monto que asciende a S/ 15,600 mensuales. Ese poder del estado aprobó su pedido a pesar de haber sido condenado y de estar pendiente el pago de la reparación civil que se le impuso tras ser hallado culpable de varios delitos.
El abogado de IDL, Juan José Quispe, señaló que el dinero de la pensión vitalicia aprobada para el expresidente Alberto Fujimori seguirá siendo depositado en la cuenta de la persona que él haya designado como el beneficiario de este concepto a través de su testamento. Caso contrario, los S/ 15,600 irán a parar a las cuentas bancarias de sus herederos más cercanos, es decir, sus cuatro hijos.
«Si es que la pensión vitalicia se ha suspendido momentáneamente, se puede reactivar y quienes la recibirían de manera indefinida serían herederos que haya nombrado Fujimori, si es que ha dejado un testamento. Si no es así, se da la sucesión intestada. Entonces, una de sus herederas es la señora Keiko Fujimori«, remarcó el abogado para Radio Exitosa.
Opinión contraria tiene el exprocurador anticorrupción, Antonio Maldonado. En conversación con Infobae indicó que la pensión vitalicia asignada por el Congreso a Alberto Fujimori, al tratarse de un beneficio extraordinario, ya no le corresponde a sus hijos.
«Esa pensión vitalicia es irregular desde todo punto de vista, pero aun si le concedemos el beneficio de la duda y decimos que fue otorgada de forma lícita, no es una pensión convencional de jubilación, como la ONP. Por el contrario, es una pensión extraordinaria que se ha otorgado como un privilegio para la persona. Entonces, fallecido el privilegiado, esta pensión deja de tener efecto jurídico», enfatizó.
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