Corte Suprema del Perú declara que identidad trans y otros géneros no son trastornos mentales

Luego de dos años, la Corte Suprema de Justicia del Poder Judicial (PJ) declaró inconstitucional el decreto supremo que categoriza las identidades de género —especialmente las trans— como enfermedades mentales dentro del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS) del Ministerio de Salud (Minsa) publicado durante el gobierno de Dina Boluarte.

Esta decisión histórica se da en una segunda instancia luego de que las organizaciones activistas de la comunidad LGBTIQ+ impusieran una demanda.

Decisión de la Corte Suprema sobre la estigmatización contra las identidades de género.

Según la argumentación de la Sala Penal, el Decreto Supremo N° 009-2024-SA fomentaba y legitimaba la discriminación en la sociedad y en la atención sanitaria contra esta población.

“La norma peruana no solo está desfasada, sino que insiste en un modelo psicopatológico que la comunidad científica y médica internacional ha abandonado. Carece, por tanto, de un sustento médico actualizado y válido”, indica la sentencia.

La Corte Suprema también señaló que el decreto supremo del Minsa no contempló con idoneidad el test de igualdad. Esto se debe a que el organismo de salud se basó en un supuesto que el clasificador de salud internacional, CIE-10, no enfatizaba. Por ello, el PJ basó su fallo en segunda instancia en el clasificador más reciente que es el CIE-11 de la Organización Panamericana de Salud (OPS), institución internacional al que el Perú está suscrito.

Por otro lado, se reiteró que era innecesario exponer a la comunidad trans a la estigmatización social bajo la argumentación de que era necesario cubrir un seguro de salud pese a que ya existe cobertura.

“Dicho de otra manera, no hay necesidad de someterlos a una mayor estigmatización para lograr la cobertura de salud de las personas trans”, subraya la Corte Suprema.

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