ERM 2026: trabajadores tendrán facilidades laborales para acudir a votar este domingo 4 de octubre

A pocas horas de las Elecciones Regionales y Municipales 2026, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) informó sobre las medidas que podrán aplicar los trabajadores que deban laborar durante este domingo 4 de octubre, con el objetivo de que puedan ejercer su derecho al voto y cumplir, de ser el caso, con sus funciones como miembros de mesa.

TOLERANCIA PARA ACUDIR A VOTAR

Los trabajadores que tengan jornada laboral este domingo podrán ausentarse durante el inicio o en el transcurso de sus labores para acudir a su local de votación. El tiempo destinado a sufragar deberá ser compensado posteriormente, de acuerdo con lo que se coordine con el empleador.

En el caso de quienes hayan sido designados como miembros de mesa y deban cumplir esta función durante la jornada electoral, podrán dejar de asistir a su centro de trabajo ese día.

DESCANSO PARA QUIENES SEAN MIEMBROS DE MESA

Las personas que hayan sido sorteadas como miembros de mesa, hayan recibido la capacitación correspondiente y efectivamente desempeñen esta función tendrán derecho a un día de descanso remunerado y no compensable.

Este beneficio podrá solicitarse dentro de los 90 días posteriores a las elecciones y la fecha deberá ser coordinada previamente con el empleador.

Por otro lado, quienes hayan sido sorteados como miembros de mesa, pero no hayan realizado la capacitación, así como aquellos que sean designados entre los electores presentes para completar una mesa, tendrán derecho a descansar el lunes 5 de octubre.

En estos casos, el descanso será compensable. Las horas no trabajadas deberán recuperarse dentro de los diez días calendario siguientes o en la fecha que establezca el empleador.

¿CÓMO ACREDITAR QUE FUI MIEMBRO DE MESA?

Para acceder al descanso correspondiente, los trabajadores deberán demostrar que cumplieron efectivamente la función de miembro de mesa. Para ello, tendrán que presentar ante su empleador el Certificado de Participación emitido por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).

¿QUÉ OCURRE CON QUIENES VOTAN EN OTRA LOCALIDAD?

Los trabajadores que laboren en una localidad distinta a aquella donde les corresponde votar podrán ausentarse de sus centros de trabajo durante el viernes 2, sábado 3, domingo 4 y lunes 5 de octubre.

Para acceder a esta facilidad deberán acreditar que cumplieron con su deber de sufragar. En este caso, los días laborables que hayan dejado de trabajar deberán ser compensados posteriormente.

El MTPE recomendó que empleadores y trabajadores coordinen con anticipación la aplicación de estas medidas, a fin de garantizar tanto el ejercicio del derecho al voto como la continuidad de las actividades laborales.

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