JEE de Lima Centro declaró inadmisible la lista de Renovación Popular para la alcaldía de Lima

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro declaró inadmisible la solicitud de inscripción de la lista de candidatos a la Municipalidad Metropolitana de Lima presentada por Renovación Popular para las Elecciones Regionales y Municipales 2026. La decisión fue adoptada tras detectar una serie de observaciones que deberán ser subsanadas por la agrupación política en un plazo de dos días calendario.

Entre los principales cuestionamientos figura la situación jurídica de Rafael López Aliaga, exalcalde de Lima y ahora candidato al cargo de teniente alcalde. Según la resolución, el órgano electoral advirtió que el postulante fue proclamado por el Jurado Nacional de Elecciones como senador electo para el período congresal 2026-2031 y que, además, se ha difundido información relacionada con una presunta renuncia o desistimiento a dicho cargo.

Por ello, el JEE dispuso que Renovación Popular informe y acredite documentadamente cuál es la situación jurídica actual de López Aliaga respecto de esa proclamación, con el objetivo de verificar el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad y la inexistencia de eventuales impedimentos contemplados en la normativa electoral.

La misma observación fue formulada respecto de Guillermo Humberto Valdivieso Méndez, integrante de la lista y proclamado parlamentario andino suplente  electo en las Elecciones Generales 2026. El organismo electoral exige que se presente documentación que precise su situación legal actual frente a dicho cargo.

Además, durante la evaluación de los expedientes individuales, el Jurado Electoral Especial identificó que doce candidatos no acreditaron haber nacido en la provincia de Lima ni presentaron documentos con fecha cierta que demuestren haber domiciliado de manera continua en la circunscripción electoral durante los dos años previos al cierre del plazo de inscripción.

JEE DETECTA MÁS OBSERVACIONES

La resolución también señala que la candidata a regidora Johanna Danitza del Rosario Martínez Gómez, de nacionalidad chilena, no adjuntó el Documento de Acreditación Electoral expedido por el Reniec, requisito obligatorio para los postulantes extranjeros. Asimismo, deberá acreditar el tiempo mínimo de residencia exigido por la legislación electoral.

De igual manera, el JEE observó que varios integrantes de la lista mantienen vínculos laborales con entidades públicas y no presentaron el cargo de solicitud de licencia sin goce de haber. Entre ellos figuran postulantes que reportaron labores en la Municipalidad Metropolitana de Lima, la Municipalidad Distrital de Jesús María, el Hospital Cayetano Heredia y la Municipalidad Provincial del Callao.

Pese a estas observaciones, el organismo electoral concluyó que la lista sí cumple con otros requisitos, como la conformación completa de candidatos, las reglas de paridad y alternancia, la cuota joven, la afiliación partidaria, la participación en elecciones primarias, la presentación del plan de gobierno y el pago de las tasas correspondientes.

La resolución concede a Renovación Popular dos días calendario para subsanar las observaciones advertidas. De no hacerlo dentro del plazo establecido, la solicitud de inscripción podría ser declarada improcedente, lo que impediría la participación de la lista en la contienda municipal de Lima prevista para el próximo 4 de octubre.

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