Política

PJ rechazó recurso del Congreso que buscaba paralizar demanda de amparo de Inés Tello y Aldo Vásquez

La Primera Sala Constitucional del Poder Judicial declaró improcedente el pedido presentado por la Procuraduría Pública del Congreso de la República para que se paralice el proceso de la demanda de amparo interpuesta por Inés Tello y Aldo Vásquez, quienes buscan ser reintegrados a la Junta Nacional de Justicia luego que fueron inhabilitados 10 años de la función pública.

En el fallo, al que Latina Noticias accedió, los magistrados Oswaldo Ordoñez, Andrés Tapia y Bacilio Cueva desestimaron el pedido del Parlamento que alegaba que se debía esperar a que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre la demanda competencial que se interpuso otra vez por los recientes fallos judiciales como el que estableció que Tello y Vásquez debían regresar a la JNJ.

Sin embargo, esto nunca sucedió porque la Procuraduría del Legislativo también remitió una medida cautelar al TC, donde se aceptó y decretó que el PJ debería pronunciarse primero antes de que Tello y Vásquez regresen a la entidad que nombra, ratifica, suspende y destituye a jueces y fiscales.

«Cada órgano jurisdiccional, esto es, el Tribunal Constitucional y el Poder Judicial tienen el deber de resolver las causas con autonomía y en consonancia con la constitución y las leyes. En este orden de ideas, no existe sustento alguno para suspender el trámite de este proceso de amparo, pues la actuación de este colegiado no está supeditada a la actuación de ningún otro poder u organismo constitucional autónomo y por lo tanto debe estar libre de injerencias», se menciona en el documento para denegar la solicitud de la representación nacional.

Fallo del PJ que rechaza el recurso presentado por el Congreso.

Cabe mencionar que la Primera Sala Constitucional dejó al voto la demanda de amparo de Inés Tello y Aldo Vásquez para retornar a la JNJ el último martes 4 . Antes de que se diera esto se rechazó un recusación presentada por la Procuraduría del Congreso contra el magistrado Oswaldo Ordóñez para que se aparte del caso basándose en términos del Código Procesal Civil cuando este asunto se debate bajo el nuevo Código Procesal Constitucional.

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Redacción Latina

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