TC admite demanda contra ley que amplía alcance del fuero militar-policial

El Tribunal Constitucional admitió a trámite la demanda de inconstitucionalidad presentada por el Colegio de Abogados del Cusco contra la Ley 32735, norma vinculada al fuero militar-policial. Con esta decisión, el cuestionamiento a la ley continuará su trámite ante el máximo intérprete de la Constitución.

Se determinó que la demanda cumple con los requisitos establecidos por la Constitución y el Nuevo Código Procesal Constitucional. Ahora, el Congreso de la República deberá responder los argumentos planteados por el Colegio de Abogados en un plazo de 30 días útiles desde su notificación.

¿QUÉ CUESTIONAN DE LA LEY?

La Ley 32735 modifica el Código Penal Militar Policial y el Nuevo Código Procesal Penal. Entre sus objetivos está precisar qué se entiende por “delito de función”, además de establecer disposiciones relacionadas con militares y policías que participen en bandas u organizaciones criminales.

El llamado “delito de función” está relacionado con las funciones que cumplen los miembros de las Fuerzas Armadas o de la Policía. Cuando un hecho es considerado de este tipo, puede ser competencia de la justicia militar-policial.

Uno de sus principales cuestionamientos está dirigido a la nueva definición del delito de función, que incorpora expresiones como “acciones militares”, “acción de armas” y “consecuencia del servicio”. Según el gremio, estos términos describen las circunstancias en las que ocurre un hecho, pero no necesariamente determinan que se trate de un delito propio de la función militar o policial.

También cuestionan que la norma considere delito de función cualquier conducta ilícita cometida durante un estado de emergencia. Para el Colegio de Abogados, que las Fuerzas Armadas asuman el control del orden interno durante una emergencia no significa que cambien las competencias de los distintos sistemas de justicia.

 

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