Octavo retiro de AFP: requisitos y datos que debes tener listos para tu solicitud

Luego de que el Gobierno oficializara la Ley N.° 32445, que autorizó el octavo retiro de fondos de las Administradoras Privadas de Pensiones (AFP) por hasta 4 UIT, es decir, S/ 21 400, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) emitió el reglamento operativo que permitirá a los afiliados iniciar el trámite.

De acuerdo con la Resolución SBS N.º 03444-2025, las solicitudes de desembolso podrán presentarse a partir del 21 de octubre de 2025. Los afiliados tendrán un plazo de 90 días calendario para registrar su pedido, ya sea para un retiro total o parcial de sus fondos. Este plazo se extenderá hasta mediados de enero de 2026, sin posibilidad de prórroga.

RETIRO DE AFP 2025: ¿QUÉ DATOS DEBO TENER LISTO PARA SOLICITARLO?

  • Para acceder al retiro de AFP 2025, los aportantes deberán tener actualizados sus datos en la AFP y en la entidad bancaria. Entre ellos:

  • Número de celular y correo electrónico vigentes.

DNI vigente.

Clave de acceso a la banca en línea.

El depósito solo podrá hacerse en una cuenta bancaria individual, no mancomunada, y activa a nombre del solicitante.

Las entidades financieras recalcan que los datos registrados en la cuenta bancaria deben coincidir con los consignados en la solicitud. En caso de que la cuenta tenga restricciones para recibir fondos, esta podría ser rechazada, lo que impediría el desembolso. Por ello, se recomienda a los afiliados verificar sus cuentas antes de iniciar el trámite.

El procedimiento de retiro será similar al de años anteriores: los aportantes podrán registrar su solicitud de manera presencial o a través de un portal web habilitado por cada AFP. Una vez presentada, los desembolsos se realizarán en armadas mensuales equivalentes a 1 UIT, con el primer abono programado a los 30 días de iniciado el proceso. Si el afiliado decide detener el retiro, podrá comunicarlo a su AFP hasta 10 días antes del siguiente desembolso.

El dinero retirado mantiene su carácter intangible: no podrá ser retenido, embargado ni descontado por deudas, ya sean judiciales o administrativas. La única excepción aplica a las obligaciones por pensión de alimentos, que sí pueden generar descuentos sobre los fondos liberados.

Finalmente, para quienes no recuerden a qué AFP están afiliados, la SBS ofrece un servicio de consulta en línea con el DNI. Actualmente, en el Perú operan cuatro administradoras: Integra, Profuturo, Prima y Hábitat. Los trabajadores independientes no están obligados a aportar, pero se recomienda evaluar las opciones previsionales disponibles para asegurar una jubilación adecuada.

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