Si vivo en un primer piso y no utilizo el ascensor, ¿debo pagar mantenimiento? Descubre lo que dice la ley peruana al respecto.
En Perú, la elección de residir en el primer piso de condominios o grandes edificios es una opción popular gracias a las ventajas de acceso hacia áreas compartidas como jardines, parques infantiles y salones de eventos. Sin embargo, esta elección trae consigo importantes consideraciones financieras en relación con el mantenimiento de las zonas comunes del edificio.
Según la ley N°27157, todos los propietarios de un departamento, sin importar en qué piso se encuentren, están obligados a contribuir al pago del mantenimiento de todas las áreas comunes del edificio. Esta obligación se aplica a todos los propietarios, independientemente de si utilizan o no dichas instalaciones.
Los propietarios que no paguen la cuota de mantenimiento pueden ser sujetos a sanciones, que pueden incluir multas, intereses moratorios y, en casos extremos, el presidente de la Junta de Propietarios tiene el derecho de tomar medidas legales y judiciales de acuerdo con la ley.
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