El ministro de Cultura, Alejandro Salas, aseveró que la decisión adoptada por el Gobierno de decretar la inamovilidad de la población de Lima y Callao durante este martes 5 de abril es una medida constitucional.
“Esta sí es una medida constitucional. Hay que revisar el artículo 118 de la Constitución que señala expresamente que corresponde al Presidente de la República velar por el orden interno del país. Y el artículo 137 establece que el Presidente, con acuerdo del Consejo de Ministros, puede decretar por un plazo determinado el estado de emergencia”, remarcó.
Alejandro Salas mencionó que la medida ha sido adoptada en atención de los desmanes registrados en Lima y Callao durante el lunes. Asimismo, aseguró que la decisión fue adoptada tras evaluar un informe elaborado por el Ministerio del Interior que indica que hechos de violencia podrían continuar y hasta agravarse durante el martes 5 de abril.
“Ha habido un informe del Ministerio del Interior muy detallado en el que se especifica que era necesario tomar esta medida, no como efecto de represión, sino de prevención, para proteger la propiedad privada de los vándalos, que azuzando una situación determinada, tratan de llevar al desorden y la violencia. El principio de autoridad se tiene que imponer”, enfatizó.
En ese sentido, el Ministro de Cultura aseguró que las personas que deseen ir a abastecerse a una tienda o farmacia podrán hacerlo; y que, de ser requeridos por alguna autoridad, bastará con que se identifiquen y puedan decir con claridad cuál es su destino.
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