Una vez más, el Poder Judicial falló en su contra. Esta vez, el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria declaró infundada la cuestión previa presentada por el exmandatario Pedro Castillo, la cual buscaba anular la investigación que se le sigue por el presunto delito de rebelión.
Mediante las redes sociales de la institución judicial, se informó de dicha decisión. De acuerdo con lo expuesto, el expresidente alegó que, durante el proceso de vacancia efectuada por el Parlamento Nacional, no se le realizó el antejuicio político.
Cabe precisar que aquel 7 de diciembre, cuando Pedro Castillo dio un fallido golpe de Estado, el Congreso de la República dispuso levantar la prerrogativa de antejuicio político al exdignatario por la comisión flagrante de delitos y declaró haber lugar a formación de causa penal.
La resolución legislativa lo señala como presunto coautor de la comisión de los delitos contra los poderes del Estado y el orden constitucional por los hechos del 7 de diciembre cuando, en mensaje a la Nación, anunció un gobierno de emergencia excepcional y disolución del Congreso.
A consecuencia de ello, Pedro Castillo se encuentra cumpliendo 18 meses de prisión preventiva en el penal de Barbadillo, en la sede de la Dinoes. Asimismo, el juez César San Martín recordó, en una audiencia, que frente a un delito conminado (rebelión y conspiración) existe una pena no menor de 10 o alternativamente de cinco años con restricción de la libertad.
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