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Cuarentena: Estas infracciones serán sancionadas con multas de entre 86 y 430 soles

Las multas por no acatar las disposiciones del estado de emergencia dispuesto por el coronavirus será desde el 2% de la UIT (86 soles) hasta el 10% de la misma (430 soles), dependiendo de la gravedad.

 

Este martes se publicó el marco legal para la acción fiscalizadora y regular las sanciones que serán aplicadas por la Policía Nacional del Perú (PNP).

 

La norma señala que el infractor que no pague la multa dentro del plazo establecido, será impedido de realizar diligencias civiles, como suscribir contratos, trámites interbancarios, actos notariales o ante Sunarp, así como realizar viajes al extranjero.

 

Las infracciones que serán multadas

 

Estas son las acciones que motivarán una sanción económica:

 

1. Desarrollar actividades económicas no consideradas de prestacion y acceso esencial previstas en el Decreto Superior del Estado de Emergencia.

 

2. Circula por la vía pública para la realización de actividades no contempladas. Se exime a las personas con autismo que requieren salir, solas o en compañía de una persona, y quienes paseen a sus mascotas.

 

3. Circular por la vía pública sin contar con el pase personal laboral, según corresponda.

 

4. Circular con vehículo de uso particular sin la autorización emitida por el Ministerio de Defensa o el Ministerio del Interior.

 

5. No respetar el horario de inmovilización social obligatoria en curso u otro que por norma especial se establezca.

 

6. No respetar la inmovilización social obligatoria del día domingo mientras dure el estado de emergencia nacional.

 

7. Desarrollar actividades sociales, recreativas, culturales, religiosas de aglomeración o concurrencia masiva o no en la vía pública.

 

8. Circular por la vía pública sin usar mascarilla.

 

9. Salir más de una persona por familia para adquirir viveres o productos farmacéuticos.

 

10. No respetar el metro de distancia obligatorio, formando aglomeraciones en exteriores de establecimientos comerciales.

 

11. No contar o rehusarse a cumplir con la identificación solicitada por miembros de la PNP o las FFAA.

Redacción Latina

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