La Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) del Indecopi ha iniciado una investigación a raíz de una denuncia presentada por el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositran). La denuncia señala que la Autoridad Portuaria Nacional (APN) podría estar estableciendo una presunta barrera burocrática al conceder exclusividad en la explotación de servicios portuarios a Cosco Shipping Ports, empresa actualmente a cargo del puerto de Chancay, según informó Latina Noticias. En el siguiente informe se explicarán detalles sobre qué constituye una barrera burocrática.
El argumento de Ositran para que se interponga una denuncia informativa, tiene sustento en una resolución de INDECOPI (N° 0585-2023/CEB-INDECOPI). Latina Noticias accedió al documento, en el que se detalla que la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) ha evaluado la denuncia presentada por la empresa CITV D&M Apurímac S. A. C. contra el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). La denuncia se refiere al impedimento de obtener una autorización para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular en el Cercado de Lima. La razón es la existencia de una cláusula de exclusividad en el contrato de concesión vigente entre la Municipalidad de Lima y Lidercon Perú S.A.C.
La Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) consideró como una barrera ilegal el hecho de que una municipalidad o el Estado reserven la realización de una actividad económica a favor de un particular. Además, enfatizó en la importancia de respetar la libre iniciativa privada y la competencia, tal como lo establecen disposiciones legales específicas.
Por lo tanto, la CEB decidió que era ilegal impedir la obtención de una autorización para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular en el Cercado de Lima debido a una cláusula de exclusividad en el contrato entre la municipalidad y Lidercon Perú S.A.C.
Basándose en este precedente, Ositran advirtió una posible barrera burocrática, contra la Resolución de Acuerdo de Directorio N.° 008-2021-APN-DIR, la cual otorgaba a Cosco SPC la exclusividad para brindar servicios esenciales en el Megapuerto de Chancay.
Según el Indecopi, las barreras burocráticas son los actos y disposiciones de las entidades del Estado que establecen exigencias, requisitos, limitaciones, prohibiciones o cobros para la realización de actividades económicas, que afectan las normas y los principios de simplificación administrativa o que limitan la competitividad en el mercado. De acuerdo con el Decreto Legislativo N.° 1256, se constituye una barrera burocrática toda exigencia, requisito, limitación, prohibición y/o cobro que imponga cualquier entidad, dirigido a condicionar, restringir u obstaculizar el acceso y/o permanencia de los agentes económicos (concesionarios, empresas). La Comisión de eliminación de barreras burocráticas es competente para conocer los actos administrativos, disposiciones administrativas y actuaciones materiales que impongan barreras burocráticas ilegales y/o carentes de razonabilidad.
¿Cuántos tipos de barreras burocráticas existen?
Las barreras burocráticas pueden ser de dos tipos:
Ilegales: Cuando contraviene alguna de las normas o disposiciones que garantizan el libre funcionamiento del mercado.
Carentes de razonabilidad: Cuando su objeto o finalidad, o las exigencias que de ella se deriven, sean contrarias a las prácticas y principios de orden lógico, razonable y proporcional, que deben regir en el marco de una Economía Social de Mercado.
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