TC declaró improcedente pedido de congresista José Balcázar para archivar investigación de la Fiscalía

El Tribunal Constitucional rechazó el pedido del integrante de la bancada de Perú Bicentenario que apuntaba a bloquear acusación fiscal por irregularidades en el manejo de los fondos del Colegio de Abogados de Lambayeque.

TC declaró improcedente pedido de congresista José Balcázar para archivar investigación de la Fiscalía

El Tribunal Constitucional (TC) decidió declarar improcedente un recurso de habeas corpus presentado por el congresista José Balcázar (Perú Bicentenario), quien buscaba archivar la investigación que el Ministerio Público le sigue por el manejo irregular de fondos durante su gestión como decano del Colegio de Abogados de Lambayeque.

Con los votos de los magistrados del TC Luz Pacheco, Manuel Monteagudo y Pedro Hernández, no se aceptó la pretensión de Balcázar de querer el sobreseimiento y archivo de la indagación que la fiscal Anita Cabrejos Barrios, de la Primera Fiscalía Superior Penal de Apelaciones de Lambayeque, rectificó con una nueva disposición para que otra fiscal lo acuse por el presunto delito de apropiación ilícita.

Y es que el titular de la Comisión de Educación alegó en su recurso que hubo una afectación al derecho a la libertad individual y se vulneraron sus derechos al debido proceso, de defensa y a la debida motivación cometida por la fiscal Cabrejos, quien reformuló el pedido de no culminar con este caso tal como había derivado desde la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chiclayo.

Sin embargo, el TC no aceptó los argumentos de Balcázar en su resolución.

Sentencia del Tribunal Constitucional sobre el caso del congresista José Balcázar.

«Este Tribunal, en reiterada y constante jurisprudencia, ha precisado que, si bien es cierto que la actividad del Ministerio Público, al formalizar la denuncia o al emitir la acusación fiscal, se encuentra vinculada al principio de interdicción de la arbitrariedad y al debido proceso, también se argumenta que este órgano autónomo no tiene facultades coercitivas para restringir o limitar la libertad personal, porque las actuaciones del Ministerio Público, en principio, son postulatorias y no decisorias sobre lo que la judicatura resuelva», anotó.

«La reclamación del recurrente (hechos y petitorio) no está referida al contenido constitucionalmente protegido del derecho tutelado por el habeas corpus, por lo que resulta de aplicación el artículo
7, inciso 1 del Nuevo Código Procesal Constitucional», añade.

ACUSACIÓN FISCAL

Precisamente, la fiscal provincial Dora Carola Hidalgo Rodríguez, de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Chiclayo, presentó el requerimiento de acusación contra el congresista José Balcázar el 8 de noviembre del año pasado ante el Octavo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, a cargo de la magistrada Sara Vera Zuloeta.

Para Balcázar se ha solicitado un año de prisión suspendida y el pago de una reparación civil de S/348.344,90 a favor del Colegio de Abogados de Lambayeque.

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11 abril 2024

Actualizado el : 11 abril 24 | 5:35 pm

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