La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional declaró nula la resolución del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria que revocó la comparecencia con restricciones e impuso 12 meses de prisión preventiva a Vladimir Cerrón, líder de Perú Libre, que es procesado por colusión agravada y otros delitos en el marco del denominado Caso Antalsis.
Esa misma resolución de primera instancia, emitida en julio de este año y declarada hoy nula por el mencionado tribunal de apelaciones, también había declarado infundado el pedido para variar la comparecencia con restricciones por comparecencia simple, solicitado por la defensa de Vladimir Cerrón.
Asimismo, la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional dispuso que otro juez de investigación preparatoria emita nueva resolución «conforme a ley», teniendo en cuenta los fundamentos de la resolución emitida hoy martes 27 de agosto.
Según el tribunal de apelaciones, la resolución de primera instancia emitida por el juez Leodan Cristóbal Ayala incurre en un vicio de nulidad absoluta debido a la «motivación inexistente» en la valoración de los elementos de convicción necesarios para justificar la adopción de la prisión preventiva.
A continuación reproducimos la decisión incluida en la resolución emitida hoy por la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional que anula la prisión preventiva contra Vladimir Cerrón en el Caso Antalsis:
«Por los fundamentos fácticos y jurídicos expuestos, los magistrados integrantes de la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, en aplicación del artículo 409°.1 y 150°.d del Código Procesal Penal, resuelven:
1) Declarar fundado el recurso de apelación planteado por el abogado defensor del imputado Vladimir Roy Cerrón Rojas y, en consecuencia, se declara nula la Resolución N.° 10, de 22 de julio de 2024, que declaró infundado el pedido de variación de comparecencia con restricciones por comparecencia simple presentado por la defensa técnica del imputado Vladimir Roy Cerrón Rojas, así mismo, declaró fundado el requerimiento de revocatoria de comparecencia con restricción por el plazo de doce meses de prisión preventiva contra el referido imputado, con lo demás que contiene.
2) Disponemos que otro juez de la investigación preparatoria nacional emita nueva resolución conforme a ley, teniendo presente los fundamentos que se han emitido en la presente.
3) Exhortamos, por esta vez, al juez Leodan Cristóbal Ayala del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, a fin de que en lo sucesivo ponga mayor celo en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales. Todo esto en el proceso penal que se le sigue al imputado Vladimir Roy Cerrón Rojas y otros, por la presunta comisión del delito de delito de colusión agravada y otros, en agravio del Estado».
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