Son dos tipos de pensiones que tienen diferencias propias y depende del tiempo que un afiliado aportó. Te contamos los detalles.
Si tienes 65 años y estás afiliado a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), puedes cobrar tu pensión considerando que tienes aportes necesarios para alcanzar dicho beneficio. No obstante, en los últimos años la entidad otorgó facilidades para que la pensión pueda beneficiar a más afiliados y de una manera más rápida mediante la pensión proporcional y la pensión provisional. En esta nota te contamos las diferencias de ambas pensiones:
Esta pensión es para aquellos que se jubilaron sin haber completado los 20 años de aportes, pero tienen el derecho de que la ONP les otorgue una mensualidad y el cálculo está de acuerdo al tiempo de aportaciones. Lo mínimo son 10 años. Según el Decreto Supremo N.° 282-2021, puedes acceder a la pensión proporcional si cumples con una de las siguientes condiciones:
La ONP señala que ambos montos de pensión están sujetos al descuento del 4% por Essalud.
Esta pensión tiene la intención de que los asegurados puedan acceder a un pago mensual en tan solo 30 días (contados desde la fecha de ingreso de la solicitud) hasta que salga su pensión definitiva. Además, de tener acceso rápido a un seguro de salud,
La pensión provisional se aplica a las pensiones de jubilación, conyugal, discapacidad para el trabajo, viudez, orfandad y ascendencia que se encuentren en trámite, en caso no se haya otorgado la pensión definitiva en 30 días hábiles.
Son excepciones para otorgar la pensión provisional, que la ONP se haya pronunciado anteriormente denegando la pensión o se encuentre en el plazo de espera de la respuesta del afiliado para la aceptación del préstamo previsional. La pensión provisional se otorga, sin la necesidad de realizar algún trámite, a los 30 días de solicitada la pensión, independientemente del tipo de pensión que esté gestionando el afiliado a la ONP.
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