Los hospedajes que incumplan con disposición, serán pasibles de sanción con multas de hasta dos Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
Desde el martes 10 de diciembre, los hospedajes y arrendadores deberán registrar a los ciudadanos extranjeros a los que brinden su servicio con la finalidad de reforzar la seguridad migratoria.
El nuevo registro se dará en el marco del Decreto Supremo N° 011-2024-IN y deberá realizarse en una plataforma virtual gratuita de la Superintendencia Nacional de Migraciones.
En ese sentido, los hospedajes y arrendadores se verán obligados a exigir documentos de viaje e identidad a personas extranjeras, como pasaporte vigente en caso de turistas y carnet de extranjería o carnet de permiso temporal de permanencia (CPP) si se trata de residentes en el Perú.
Los hospedajes que no cumplan con la nueva disposición de Migraciones serán sancionados con multas de hasta 2 UIT.
De esta manera, también se busca luchar contra la delincuencia, ya que así se podría reducir el riesgo de que estos establecimientos sean utilizados para realizar actividades ilícitas.
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