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Gratificación de diciembre: ¿cuándo la depositan, cómo se calcula y quiénes la reciben?

Los trabajadores del país esperan la llegada de diciembre no solo por las fiestas de Navidad y Fin de Año, sino también por el pago de la última gratificación del año. En esta nota te explicamos cuándo las empresas deben pagar este beneficio, cómo puedes calcularlo y quiénes son los que recibirán este dinero.

¿CUÁNDO LAS EMPRESAS DEBEN PAGAR LA GRATIFICACIÓN A SUS TRABAJADORES?

Según el artículo 5 de la ‘Ley que regula el otorgamiento de las gratificaciones para los trabajadores del régimen de la actividad privada por Fiestas Patrias y Navidad‘ (Ley 27735), este beneficio debe abonarse en la primera quincena de julio y diciembre. No obstante, si el día 15 es un día no hábil, es decir, sábado o domingo, el pago tendrá que realizarse el último día hábil anterior.

Precisamente, este es el caso del 2024, pues el 15 de diciembre cae domingo. Entonces, las empresas tienen hasta el viernes 13 de diciembre para realizar el depósito de la gratificación.

¿QUÉ TRABAJADORES TIENEN DERECHO A RECIBIR LA GRATIFICACIÓN DE DICIEMBRE?

Los beneficiarios de la gratificación de diciembre por Navidad son:

  • Los trabajadores contratados bajo el régimen privado.
  • Los trabajadores de pequeñas empresas (reciben la mitad de una gratificación regular).
  • Los trabajadores del régimen agrario.
  • Los empleados de entidades públicas que funcionan bajo el régimen laboral de la actividad privada.

Ten en cuenta que para recibir la gratificación de diciembre completa, deberás tener una antigüedad mayor a 6 meses en planilla.

Si no tienes más de 6 meses trabajando en la empresa, recibirás un prorrateo de la gratificación, el cual será proporcional a los meses trabajados. Además, el tiempo mínimo de antigüedad laboral para acceder a este beneficio es de un mes.

¿CÓMO CALCULAR EL DINERO A RECIBIR POR LA GRATIFICACIÓN DE DICIEMBRE?

La gratificación es equivalente a una remuneración mensual ordinaria, dividida entre seis y multiplicada por el número de meses completos trabajados en el periodo correspondiente (en este caso de julio a diciembre).

Ten presente que la gratificación no está sujeta a aportes de pensiones, aunque sí al impuesto a la renta. De forma adicional, los trabajadores reciben un monto extra del 9 % del valor de la gratificación si no tienen EPS, o del 6.75 % si tienen una EPS.

Cabe apuntar que factores como el régimen empresarial y el tiempo laborado pueden influir en el cálculo del beneficio. Para facilitar este proceso, Sunafil cuenta con la herramienta online llamada Calculadora Laboral. Entre los datos a consignar están tu número de DNI, el RUC de la empresa para la que trabajas y tu sueldo.

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Redacción Latina

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