Mayores de 50 años ya pueden acceder a la jubilación anticipada

La ley que modifica el Régimen Especial de Jubilación Anticipada entró en vigencia desde este miércoles

Desde ayer entró en vigencia la Ley N°31332, que establece los 50 años como la edad mínima en afiliados a las AFP, para acceder al Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA).

Con la modificación del régimen, es necesario cumplir con los siguientes requisitos para acceder a la jubilación adelantada:

  • Que al momento de solicitarse el beneficio se tenga como edad mínima 50 años cumplidos.
  • Procede la jubilación cuando el afiliado mayor de 50 años así lo disponga, siempre que obtenga una pensión igual o superior al 40% del promedio de las remuneraciones percibidas y rentas declaradas durante los últimos 120 meses, debidamente actualizadas deduciendo las gratificaciones.
  • Para el cálculo de la pensión antes señalada no se consideran los aportes voluntarios con fin previsional o sin fin previsional que excedan el 20% de la cuenta individual de capitalización de aportes obligatorios con una permanencia menor a nueve meses en la CIC.

La jubilación anticipada brinda derecho a la redención del Bono de Reconocimiento a los dos años siguientes de su acogimiento o cuando el afiliado cumpla 65 años, lo que suceda primero, aun cuando se hayan agotado con anterioridad los fondos de la cuenta individual de capitalización del afiliado y previa información de la AFP de los afiliados calificados para acceder a este régimen.

¿Cómo solicitar el beneficio?

Primero, se debe validar tu situación en la AFP en la que estás afiliado, para saber si aplicas a la jubilación anticipada, por ello puedes comunicarte a través de las siguientes líneas telefónicas:

  • Para AFP Hábitat: Llamar a 230-2200 (Lima) o 0801-14224 (provincias).
  • Para Prima AFP: Llamar al 615-7272 – opción 1 (Lima) o 0801-18010 (provincias).
  • Para AFP Integra: Llamar 513-5050 (Lima) o 0800-40110 (provincias).
  • Para Profuturo: Llamar a 215-2828 (Lima) o 0800-11434 (provincias).

Luego de ello se procede a solicitar la jubilación anticipada de manera virtual en la página web de la respectiva AFP.

2 septiembre 2021

Actualizado el : 2 septiembre 21 | 12:40 pm

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