Desde ayer entró en vigencia la Ley N°31332, que establece los 50 años como la edad mínima en afiliados a las AFP, para acceder al Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA).
Con la modificación del régimen, es necesario cumplir con los siguientes requisitos para acceder a la jubilación adelantada:
La jubilación anticipada brinda derecho a la redención del Bono de Reconocimiento a los dos años siguientes de su acogimiento o cuando el afiliado cumpla 65 años, lo que suceda primero, aun cuando se hayan agotado con anterioridad los fondos de la cuenta individual de capitalización del afiliado y previa información de la AFP de los afiliados calificados para acceder a este régimen.
Primero, se debe validar tu situación en la AFP en la que estás afiliado, para saber si aplicas a la jubilación anticipada, por ello puedes comunicarte a través de las siguientes líneas telefónicas:
Luego de ello se procede a solicitar la jubilación anticipada de manera virtual en la página web de la respectiva AFP.
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