El gobierno peruano decidió que, desde martes, el acoso sexual sea tipificado como delito en el Código Penal. El Decreto Legislativo 1410 establece que quien vigile, persiga o busque contacto con otra persona con fines sexuales y sin su consentimiento, serán sancionados con cárcel entre tres y cinco años.
Similar sanción se aplicará a quienes acosen valiéndose de cualquier tecnología. Asimismo, la norma contempla agravantes.
El decreto emitido por el Ejecutivo también establece penas por acoso convencional. El chantaje sexual y la difusión de contenido obtenidas bajo consentimiento completan el decreto.
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