Por Rodrigo Chillitupa | @RodrigoCT_94
El Gobierno de Dina Boluarte decidió interponer una demanda competencial contra la Fiscalía de la Nación y el Poder Judicial ante el Tribunal Constitucional por presuntamente «menoscabar» en sus funciones. En la resolución ministerial 151-2024-PCM, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, se ordena que el procurador público especializado en materia constitucional, Luis Alberto Huerta Guerrero, cumpla con esta orden emitida por el primer ministro Gustavo Adrianzén.
Al respecto, Latina Noticias consultó con expertos en materia constitucional y penal para conocer las implicancias de esta movida desde el Ejecutivo en medio de las investigaciones del Ministerio Público por presuntos actos de corrupción por el caso ‘Rolex’ y ‘Los Waykis en la Sombra’, que salpican a Boluarte Zegarra y su entorno más cercano.
El abogado constitucionalista Heber Joel Campos explicó que una demanda competencial «es un recurso que puede interponer cualquier poder del Estado, órgano constitucional autónomo o gobierno subnacional ―regional o local― para pedirle al TC que garantice el ejercicio de sus competencias o atribuciones constitucionales».
Además, el letrado también explicó que este tipo de recursos tienen una serie de pasos: interponen la demanda, después esta debe ser admitida por parte del TC si es que cumple los requisitos establecidos por ley, luego es que se remite a las partes demandadas ―la Fiscalía y el PJ― para que respondan, se convoca a una audiencia pública para que las partes involucradas presenten sus argumentos de manera oral, y tras ello es que los magistrados podrán deliberar para tomar una decisión.
«Formalmente, este proceso dura entre 3 y 4 meses, pero, debido a las características del caso o la carga procesal del TC, puede prolongarse más allá de ese plazo», enfatizó Campos.
Si bien la demanda del Ejecutivo aún no es ingresada a la Mesa de Partes del TC, el abogado constitucionalista anotó que el contenido de la misma podría versar sobre las diligencias preliminares llevadas a cabo por el Ministerio Público en el marco de la investigación seguida en contra de Boluarte Zegarra por la presunta comisión de delitos de función.
«Si se confirma lo anterior, entonces el TC tendría que sentar posición acerca de sí es posible investigar a la presidenta durante su mandato. Y si concluye que sí lo es, tendría que establecer con base en qué criterios o límites. Y luego determinar si estos se cumplieron o no en el presente caso», aseveró Campos.
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