Con esta decisión del Poder Judicial se debilita la denuncia constitucional que cinco congresistas presentaron el último viernes.
Por Rodrigo Chillitupa | @RodrigoCT_94
El Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, a cargo del magistrado Juan Carlos Checkley Soria, decidió rechazar las tutelas de derecho que la suspendida exfiscal de la Nación, Patricia Benavides, presentó para tratar de anular la investigación preliminar que el Ministerio Público realiza en su contra por el llamado caso ‘La fiscal y su cúpula de poder’.
Benavides está bajo sospecha de haber cometido, como autora e instigadora, los presuntos delitos de organización criminal, cohecho activo específico, cohecho pasivo específico, tráfico de influencias, falsedad ideológica, encubrimiento personal y encubrimiento real.
“Declarar infundadas las solicitudes de tutela de derechos presentadas por la señora Liz Patricia Benavides Vargas, interpuesta mediante escritos con registros de ingreso N° 161496-2023, N° 4358- 2024, N° 2774-2023, 123-2024 y N° 487-2024, en la investigación que se le sigue por el presunto delito de Organización Criminal y otros, en agravio del Estado», se lee en la resolución al que Latina Noticias accedió.
Los recursos planteados por la defensa legal de Benavides apuntaban a cuestionar los actos indagatorios realizados por el Equipo Especial contra la Corrupción del Poder (EEFICCOP) y la fiscal suprema Delia Espinoza, quien es titular del despacho de la Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos.
En ese sentido, la exfiscal de la Nación buscó en su primera tutela de derechos que se anulen las diligencias que el EEFICCOP ha venido haciendo porque presuntamente «se han vulnerado sus derechos de defensa y al debido proceso». Sin embargo, el juez Checkley desestimó este argumento.
«Al respecto, esta judicatura advierte que el EFICCOP no abrió, al menos no formalmente, una investigación preliminar en contra de la Fiscal Suprema Benavides Vargas, sino que remitió el Oficio N°1384-2023- 2023-FSC-EFICOOP-MPFN cursado por el Fiscal Adjunto Superior Fredy Gutiérrez Crespo, encargado de la Fiscalía Superior Coordinadora del Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder, mediante el cual, a su vez, eleva a conocimiento del Fiscal de la Nación Juan Carlos Villena», se lee en el documento.
Además, el magistrado alegó que no se le vulneró su derecho a la defensa y al debido proceso a Benavides puesto que «no tiene la calidad de investigada» en la carpeta fiscal N°13-2023. «Por ende, no corresponde ordenarse la suspensión de los actos de investigación que se vienen realizando, ni declararse la nulidad de lo actuado en la misma», se agrega.
De otro lado, la exfiscal Benavides trató apartar a la fiscal suprema Delia Espinoza de su caso. Esto porque alegó que la única persona que puede investigarla es el fiscal de la Nación interino, Juan Carlos Villena. No obstante, este punto también fue desestimado por el juez Checkley al sostener que Villena se inhibió de llevar el proceso en base al artículo 19 de la Ley Orgánica del Ministerio Público.
Allí se menciona que «los fiscales no son recusables; pero deberán excusarse, bajo responsabilidad, de intervenir en una investigación policial o en un proceso administrativo o judicial en que directa o indirectamente tuviesen interés».
Es decir, Villena buscó que no se ponga su imparcialidad en tela de juicio y por eso lo delegó a la fiscal Espinoza tal como consta en la resolución suprema N° 024-2024 del 4 de enero pasado.
«Si tenemos en cuenta que aparte del Fiscal de la Nación, Juan Carlos Villena Campana, solo existían otros dos Fiscales Supremos Titulares que podían hacerse cargo de la investigación, que eran los Fiscales Supremos Pablo Sánchez Velarde y Delia Espinoza Valenzuela, y que de ellos, el doctor Sánchez Velarde se encontraba en similar situación a la que originó la excusa del mencionado Fiscal de la Nación, resulta razonable que el conocimiento del caso haya sido derivado y asumido por la Fiscal Suprema Espinoza Valenzuela, a cargo de la Fiscalía Suprema Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos», se agrega en la resolución judicial.
Con este fallo judicial se debilita ciertamente la denuncia constitucional que los congresistas Patricia Chirinos, Edgar Tello, Luis Cordero Jon Tay, Ilich López y Luis Aragón presentaron el viernes pasado contra la fiscal suprema Delia Espinoza, a quien acusan de abuso de autoridad, prevaricato y usurpación de funciones. Por ello, piden que sea inhabilitada 10 años de la función pública.
Y es que el fuero del PJ se ha establecido claramente que Espinoza es la encargada de investigar a los citados parlamentarios en el marco de la indagación que se sigue a Patricia Benavides.
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