Por Rodrigo Chillitupa | bchillitupa@latina.pe
Latina Noticias accedió a un proyecto de ley elaborado por la Autoridad Portuaria Nacional (APN) que se envió al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) el 16 de noviembre del 2023 que pudo haber evitado la controversia legal en torno a la exclusividad otorgada al consorcio chino-peruano Cosco Shipping Ports Chancay Perú S.A. para operar en el megapuerto de Chancay que será inaugurado en noviembre del 2023.
En el documento, remitido a la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del MTC que estaba a cargo de Víctor Arroyo Tocto, se puede visualizar que la APN buscó que se realizarán sendas modificaciones a la Ley del Sistema Portuario Nacional. Más concretamente a los numerales 3 de los artículos 10 y 11 de este dispositivo legal que se promulgó en marzo del 2003 durante el gobierno de Alejandro Toledo.
En el numeral 3 del artículo 10 de la norma actual se lee literalmente lo siguiente:
«La infraestructura portuaria podrá ser entregada en administración al sector privado hasta por 30 años y en cualquiera de las modalidades siguientes: asociación en participación, contratos de arrendamiento, contratos de concesión, contratos de riesgo compartido, contratos de gerencia, contratos societarios y otras modalidades establecidas en la legislación».
No obstante, la APN quiso incluir esto también al citado párrafo para que las empresas que tengan alguna administración portuaria puedan plantear que se les brinde un plazo adicional:
«El sector privado que cuente con alguna de estas modalidades podrá solicitar su prórroga, cuya evaluación se sujeta a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos».
Pero eso no era todo. También la iniciativa de la Autoridad Portuaria Nacional apuntaba al numeral 3 del artículo 11 de la Ley del Sistema Portuario Nacional que está referido a la exclusividad para operar en puertos. Actualmente, se encuentra redactado así:
«La Autoridad Portuaria Nacional y las Autoridades Portuarias Regionales, de acuerdo a lo establecido por la presente Ley, celebran compromisos contractuales con el sector privado para la explotación de un área de desarrollo portuario o de un área dentro de una zona portuaria, con la finalidad que se desarrolle, construya y equipe por cuenta y riesgo del titular del contrato, una infraestructura portuaria nueva, en cuyo caso se podrá otorgar al sector privado el uso exclusivo de dicha infraestructura. La infraestructura portuaria nueva que se hubiese desarrollado, construido y/o equipado conforme al presente numeral, podrá entregarse al sector privado, bajo las modalidades establecidas en el numeral 10.3 de la presente ley.
Entiéndase por uso exclusivo a la facultad establecida en los compromisos contractuales suscritos con el sector privado, para la ejecución y/o prestación exclusiva de los servicios esenciales dentro de dicha infraestructura, por una sola persona jurídica, de acuerdo con lo dispuesto en los respectivos contratos».
Bajo este marco es que la APN quiso agregar «dicha facultad también podrá ser otorgada al sector privado, en las respectivas habilitaciones o licencias portuarias». Es decir, la entidad quiso que las empresas también puedan acceder a la exclusividad a través de las licencias portuarias que les sirven para operar en puertos.
La propuesta, que formaba parte de un expediente enviado por el gerente general de la Autoridad Portuaria Nacional, Carlos Molina, fue archivada. Latina Noticias accedió al estado del trámite del documento que fue derivado a la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Acuático y Logística del MTC que estaba a cargo de Mónica Zapata Chang.
Ayer, la Autoridad Portuaria Nacional brindó una conferencia de prensa para negar que la propuesta legislativa enviada en noviembre del 2023 al MTC haya sido con el fin de favorecer a Cosco Shipping.
«Esta norma no es con nombre propio. Esta norma fue creada no solo para Chancay, sino para todas las modalidades de inversión que se dan bajo un proceso administrativo. Por ejemplo, actualmente, el proyecto Pucusana, que está impulsado por Navisan S.A, está bajo esa misma modalidad de inversión. También tenemos el muelle Cruceros y cualquier otro proyecto que esté bajo la modalidad de autorización administrativa y que sea de titularidad privada e incluso pública», refirió Milagros Miguel, jefa de la Unidad de Asesoría Jurídica de la APN.
Además, la abogada aseguró que la propuesta promovida el año pasado es que la entidad a la que pertenece tenga la facultad para otorgar la exclusividad dado que está impedida de hacerlo actualmente por la Ley del Sistema Portuario Nacional tal como la Procuraduría del Ministerio de Transportes y Ositran lo alertaron en sus demandas ante el Poder Judicial y denuncia informativa ante el Indecopi, respectivamente.
«El proyecto va orientado a establecer que entre la habilitación y la licencia portuaria hay seis autorizaciones administrativas. Y Cosco va en la quinta, entonces con la modificación de la ley se busca que en la licencia pueda solicitar que se le otorgue la exclusividad que va a pasar por un proceso de evaluación de acuerdo a la modificación de la Ley del Sistema Portuario Nacional y participaría Indecopi con su opinión al igual que está establecido con las concesiones», agregó.
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