Conoce aquí todos los detalles de este bono de S/ 380 aprobado por el Congreso a propuesta del Ejecutivo.
El Congreso de la República anunció la entrega de un bono extraordinario de S/380. Conoce en esta nota desde cuándo se entregará y los requisitos que debes cumplir para acceder a este beneficio.
Mediante la Ley 32121, publicada el 20 de septiembre en el Diario Oficial El Peruano, se autoriza de manera excepcional y por única vez, durante el año fiscal 2024, al Ministerio de Educación, al Ministerio de Defensa y a los gobiernos regionales, a dar un bono extraordinario de S/ 380 a los siguientes profesionales:
Esta medida fue propuesta por el Ejecutivo con el objetivo de reconocer la importante labor que desempeñan los profesores y auxiliares de educación en la formación de los estudiantes. Se destaca su función pedagógica, tanto dentro como fuera del aula, y el apoyo que brindan en las actividades formativas y disciplinarias.
De acuerdo con Eloy Cantoral, director general de Desarrollo Docente del Ministerio de Educación, este bono extraordinario de S/ 380 se pagará entre octubre y noviembre del presente año, esto como resultado de la negociación colectiva.
En comunicación para Agencia Andina señaló: «estamos trabajando desde el Ejecutivo en la elaboración del decreto supremo para hacer efectivo este pago lo antes posible, el cual beneficiará a cerca de 420 mil docentes nombrados, contratados y auxiliares de educación«.
El funcionario recordó que este sería el tercer bono extraordinario entregado a docentes y auxiliares de educación durante la actual gestión presidencial. El primero, de S/ 950, se otorgó en febrero del 2023; y el segundo, de S/ 220 soles, en diciembre del mismo año.
Para recibir el bono extraordinario, los docentes y auxiliares deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Cabe apuntar que se considerarán como días de trabajo efectivo los períodos de descanso vacacional y las licencias con goce de remuneraciones.
Este bono no tiene naturaleza remunerativa ni carácter pensionable y no está sujeto a cargas sociales ni forma parte de los beneficios laborales, es decir, no está sujeto a ningún tipo de descuento.
Además, no constituye base de cálculo para la compensación por tiempo de servicios (CTS) ni para cualquier otro tipo de bonificaciones, asignaciones o entregas económicas.
La ley también autoriza al Minedu a realizar modificaciones presupuestarias, sin requerir recursos adicionales del tesoro público, a favor de los gobiernos regionales, del Ministerio de Defensa y de las unidades ejecutoras de educación de Lima Metropolitana, por un monto de S/ 155.2 millones a fin de financiar este bono.
Te puede interesar:
También te puede interesar