El presidente de la Comisión de Constitución del Parlamento, Hernando Guerra García, argumentó que un decreto supremo no puede intervenir en los estatutos de una entidad privada.
El último martes 8 de noviembre, la Comisión de Constitución del Congreso aceptó por mayoría aprobar un dictamen que suspende por dos años los efectos del Decreto Supremo 009-2022-MINEDU, el cual modifica el Estatuto de la Derrama Magisterial.
Hernando Guerra García, titular de la referida mesa de trabajo, alegó que el Ministerio de Educación no puede alterar de manera unilateral los estatutos del referido ente, por cuanto su propio estatuto establece que es una persona jurídica de derecho privado con autonomía administrativa, económica y financiera.
En consecuencia, el también legislador apuntó que un decreto supremo no puede regular la vida de una entidad privada, además de que este proyecto de ley detiene la afectación al derecho fundamental de asociarse de la Derrama Magisterial al consagrado en la Constitución.
“Con esta iniciativa legislativa se dejaría de vulnerar el artículo 62 de la Constitución porque estas modificaciones afectan el actual desarrollo de las actividades de la Derrama Magisterial, la viabilidad de su equilibrio económico, sus contratos, etc, en perjuicio de los asociados”, precisó.
Por su parte, y en medio del debate, el parlamentario Alex Paredes presentó una cuestión de orden para mandar al archivo la misma, manifestando que una propuesta similar fue debatida, votada y archivada en el Parlamento. No obstante, esta fue rechazada con 19 votos en contra y 9 a favor.
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