La primera dama Lilia Paredes ha sido denunciada por el presunto delito contra la administración pública luego de que se negara a responder las preguntas que le planteó la fiscal Luz Taquire, quien investiga un caso relacionado a la empresaria Karelim López. Al respecto, su abogado, Jorge Díaz, aseveró que le asiste el derecho a guardar silencio.
“El nuevo código procesal penal establece ciertas limitaciones o derechos en favor de los testigos cuando se trata de declaraciones que puedan resultar autoincriminatorias o puedan incriminar a su cónyuge. La diligencia comenzó y pedimos que se lea el artículo 165 del código procesal penal. Allí se establece que tiene el derecho de abstenerse de declarar porque el caso se relaciona a su cónyuge, el Presidente de la República”, remarcó.
Asimismo el abogado Jorge Díaz aclaró que el silencio de la primera dama Lilia Paredes no tiene por qué tomarse como un acto que la incrimine a ella o al presidente Pedro Castillo con un ilícito.
“Ni siquiera un acusado, un inculpado, está obligado a declarar si no lo cree conveniente. El nuevo código procesal penal establece que es un derecho de un imputado el guardar silencio y que ese silencio no puede ser tomado como indicio de responsabilidad”, concluyó.
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