(FOTO: ANDINA)
El Gobierno declaró el 24 de diciembre como día no laborable compensable aplicable a los trabajadores del sector público. El decreto supremo fue publicado hoy en la guía de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Según el decreto, las horas que no serán laboradas en el día de víspera de navidad podrán ser compensadas por el trabajador la semana posterior al descanso u otra fecha establecida por la institución a la que pertenece.
De otro lado, La norma incluye a los trabajadores del sector privado. Estos podrán acogerse a las condiciones del decreto supremo, previo acuerdo con su empleador. Dicho acuerdo debe especificar la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas no laboradas y a falta de acuerdo decidirá el empleador.
Los trabajadores que sean indispensables, en todo tipo de empresa, y cuya ausencia ponga en peligro a otras personas, la seguridad o conservación de los bienes, están exceptuadas del día laborable. Sin embargo, es responsabilidad del empleador determinar el tipo de laboras que desempeñan los trabajadores.
La norma fue refrendada por el presidente de la República, Martín Vizcarra; el primer ministro, César Villanueva y el ministro de Trabajo, Christian Sánchez.
MIRA TAMBIÉN:
Te puede interesar:
También te puede interesar