Por Rodrigo Chillitupa | @RodrigoCT_94
El Pleno del Congreso de la República rechazó ayer la reconsideración de la votación que aprobó modificaciones al proceso de colaboración eficaz, una herramienta crucial que la Fiscalía usa para indagar casos de corrupción. El Gobierno de la presidenta Dina Boluarte había planteado sus observaciones al respecto, pero tras lo resuelto solo queda para su promulgación.
La nueva norma, que espera por entrar en vigencia, estima que habrá un plazo de 8 meses desde que inicia el procedimiento para acceder a ser colaborador eficaz hasta que es aprobado por un juez. Si es un caso de crimen organizado podría ampliarse por un plazo adicional de ocho meses más cuando usualmente este tipo de asuntos requiere de hasta 36 meses debido a su complejidad.
Adicionalmente, los fiscales podrán grabar las delaciones y firmar un preacuerdo con el colaborador eficaz donde se les adelantará los beneficios que recibirá por proporcionar información clave.
A partir de estas modificaciones, Latina Noticias consultó a especialistas en materia penal para conocer las implicancias de lo aprobado en el Parlamento y cómo podría afectar a otras investigaciones que salpican a políticos.
El abogado penalista Andy Carrión señaló que estaba de acuerdo con que se ponga alguna limitación del tiempo de negociación para la colaboración eficaz. Colocó como argumento lo ocurrido con el caso Odebrecht, donde los ejecutivos de la constructora brasileña han sido cuestionados en más de una oportunidad por entregar información a cuenta gotas o lo que les convenía para no ser imputados con algunos delitos.
Sin embargo, Carrión se mostró en desacuerdo con los plazos establecidos en la norma elaborada en el Congreso. «Mi propuesta en el tema de una colaboración de un proceso vinculado a organización criminal debería ser de 36 meses como la prisión preventiva. En tanto, para los delitos ordinarios tendrían que ser 12 meses y los complejos cerca de 16 meses», opinó.
Por su parte, el exprocurador anticorrupción Luis Vargas Valdivia tiene una postura distinta. «Es una clara intención de afectar este instrumento de la colaboración eficaz que ha demostrado ser útil para combatir la criminalidad, sobre todo, organizada», explicó.
Vargas Valdivia enfatizó que lo se busca con la modificación del plazo de la colaboración eficaz es «recortar la posibilidad de que la Fiscalía lleve adelante los medios de investigación y corroboración de la información que se brinda dentro del proceso».
El especialista expuso un caso que podría verse perjudicado bajo los nuevos lineamientos del proceso de la colaboración eficaz.
«Un colaborador eficaz dice que ha sostenido una serie de llamadas telefónicas con diversas personas. ¿Qué es lo que tendría que hacer la Fiscalía? Pedir el levantamiento del secreto de las comunicaciones que demora algo de dos meses. Porque el juez tramita la solicitud, resuelve y ejecuta para que las autoridades de las empresas de telefonía presenten todos los reportes de las llamadas. Esto toma mes o mes y medio. ¿Cuánto tiempo transcurre desde que el colaborador da esta información a la Fiscalía y realiza los requerimientos? Son de tres a cuatro meses que es la mitad de plazo de la nueva norma», manifestó.
«Ahora, el reporte de las llamadas tienen que ser sometido a estos programas informáticos que permiten identificar los números, la cantidad de llamadas, verificar si es que en efecto hubo una comunicación o no, y que permiten llamar a las partes en el proceso de investigación para que expliquen en qué consistió las comunicaciones, si es que se conocen, por qué las llamadas. Todo esto toma un tiempo. Hay que sumarle todos los elementos probatorios que tiene que llevar la Fiscalía para corroborar la información, los titulares de las líneas, citarlos a declarar, pedir el secreto de las comunicaciones, la reserva documental, bancaria, tributaria», mencionó Vargas Valdivia.
Según Carrión, el Poder Judicial y la Fiscalía podrían recurrir al Tribunal Constitucional para interponer una acción de inconstitucionalidad contra lo aprobado en el Congreso respecto a la colaboración eficaz. Sin embargo, también anotó que ambas entidades podrían aplicar un control concentrado de constitucionalidad. Y puso como ejemplo lo ocurrido con la llamada Ley Soto también redujo los plazos de la preinscripción para los procesos en curso.
«Te acordarás que la Corte Suprema llamó a un acuerdo plenario y, a través de la misma, dijeron que la norma es inconstitucional y no iban aplicarla. Eso podrían hacer los jueces con esta ley (de la colaboración eficaz). Podrían alegar que no se garantizan los derechos de las personas, de la Fiscalía y de la actividad procesal de la persecución», manifestó.
Vargas Valdivia comparte la posición de Carrión, pero recalcó que del Gobierno debió existir una campaña mediática que alertará de los graves riesgos de debilitar la colaboración eficaz. No obstante, recordó después integrantes del círculo de la presidenta Dina Boluarte también han sido señalados por Jaime Villanueva, exasesor de la suspendida exfiscal de la Nación, Patricia Benavides.
El exprocurador también se mostró escéptico con el Tribunal Constitucional tomando en cuenta que sus miembros fueron elegidos por este Congreso. «Veremos que resuelve el el TC porque no ha demostrado estar a la altura de las circunstancias», manifestó.
El penalista Andy Carrión mencionó que un estudio dio cuenta que 200 casos podrían verse perjudicados por los cambios al proceso de la colaboración eficaz. Aunque, él recalcó que los más importantes son los relacionados al gobierno del encarcelado expresidente Pedro Castillo que tiene a varios de sus exfuncionarios como colaboradores eficaces (Bruno Pacheco, Salatiel Marrufo, Gianmarco Vásquez Castillo).
En tanto, el exprocurador Luis Vargas Valdivia mencionó el caso de Patricia Benavides, donde Jaime Villanueva es el principal delator. «En 8 meses se podrá corroborar toda la información que ha dado. Estos congresistas han confundido los procesos de colaboración eficaz con los procesos penales que tienen un plazo de 36 meses», enfatizó.
«Buscan entorpecer las investigaciones para lograr impunidad. Es la misma explicación de por qué el afán de tomar los órganos constitucionales independientemente de la Junta Nacional de Justicia o la Defensoría del Pueblo para la impunidad. El objetivo es ese como pasó en la época de Alberto Fujimori con Vladimiro Montesinos, quienes coparon el sistema de justicia a fin de tener impunidad», finalizó.
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