Norma que había sido observada por el Ejecutivo se admitió con 111 votos a favor, cero en contra y cuatro abstenciones.
El Congreso de la República aprobó por insistencia la autógrafa de ley que faculta a los agentes del Serenazgo a portar armas no letales, en el marco de la lucha contra la delincuencia. La norma había sido observada por el Poder Ejecutivo.
La propuesta se admitió por 111 votos a favor, cero en contra y cuatro abstenciones. Con la aprobación, la capacitación de los serenos sobre el uso de estas armas estará a cargo de la Policía Nacional del Perú y las Fuerzas Armadas.
De acuerdo a la ley, los medios de defensa con los que podrán contar los serenos, de acuerdo a los recursos de cada municipalidad, son grilletes de seguridad, escudos, bastones tonfa, aerosoles de pimienta y chalecos antibalas.
Diego Bazán, presidente de la Comisión de Defensa del Legislativo, afirmó que esta aprobación resulta necesaria ante un «alarmante aumento» de la criminalidad en el país. Por su parte, Américo Gonza (Perú Libre), autor de la norma, mencionó que con la ley se podrá proteger la vida del sereno.
El pasado 3 de mayo, el Gobierno de Dina Boluarte observó la ley que permite a efectivos del Serenazgo el uso de armas no letales. En un documento enviado al presidente del Congreso, José Williams Zapata, mencionaron que la fuerza pública la ejerce exclusivamente la PNP.
«La fuerza pública es ejercida de forma exclusiva por la Policía Nacional del Perú y, excepcionalmente, por las Fuerzas Armadas en las situaciones expresamente previstas en el texto constitucional», precisó el Gobierno.
Asimismo, mencionaron que era «inviable» que las FF. AA. se encarguen de la capacitación de los agentes sobre estas armas, precisando que ellos están preparados para otro tipo de acciones, tales como la lucha contra el terrorismo y narcotráfico.
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