La Corte Interamericana de Derechos Humanos —también conocida como Corte IDH— resolvió que el Estado peruano incurrió en «desacato» al ejecutar «la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional (TC) el 17 de marzo de 2022» que restituyó los «efectos al indulto ‘por razones humanitarias'» favor de Alberto Fujimori.
En la resolución se señala que la decisión tomada por el TC va contra lo dispuesto por la Corte IDH, que instó «abstenerse de implementar» esta medida, debido a que «no observó los estándares de derecho internacional que debían ser tomados en cuenta al realizarse un control jurisdiccional de dicho indulto».
Por tanto, el órgano judicial dispuso «una supervisión reforzada de la obligación de investigar, juzgar y sancionar las graves violaciones de derechos humanos de los casos Barrios Altos y La Cantuta, particularmente en lo relativo al indulto» que favoreció a Alberto Fujimori.
La Corte IDH incluirá en su informe anual de 2023 el «incumplimiento por parte del Estado del Perú» con las «medidas urgentes de no innovar», dictada por el presidente de dicho órgano internacional el 5 de diciembre.
Asimismo, dictaminó que el Estado peruano presente, «a más tardar el 4 de marzo de 2024», un informe sobre «el cumplimiento de la obligación de investigar, juzgar y, de ser el caso, sancionar las graves violaciones a los DD.HH. determinadas en las sentencias emitidas» en los casos Barrios Altos y La Cantuta.
«El Estado deberá continuar presentando informes cada tres meses, por el tiempo que esta Corte considere necesario», se lee en el documento. La Corte IDH, por último, requirió las observaciones que puedan tener los representantes de las víctimas y la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos (CIDH) a los mencionados informes.
Como se recuerda, la Corte IDH ha emitido varias órdenes, incluida la resolución del 5 de diciembre de 2023, para ordenar una abstención a implementar el indulto a favor de Alberto Fujimori.
Ante la resolución del Tribunal Constitucional (TC) de liberar inmediatamente al expresidente, emitida el 5 de diciembre, la Corte IDH requirió al Estado peruano que se abstuviera de ejecutar la orden del TC.
A este llamado, se suma el comunicado de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que recuerda la obligación del estado peruano de acatar las órdenes de la Corte IDH, así como garantizar el acceso a la justicia de las víctimas de lesa humanidad.
Como se recuerda, el expresidente Alberto Fujimori venía cumpliendo desde el 2009, una condena de 25 años como autor mediato de la masacre de quince personas en Barrios Altos, la desaparición forzada y ejecución de diez estudiantes de la Universidad La Cantuta, así como el secuestro de Gustavo Gorriti y Samuel Dyer.
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