Qué dijo la Corte IDH sobre la liberación de Alberto Fujimori

Tras el indulto otorgado a Fujimori en 2017, la CIDH pidió al Estado que se garantice la administración de justicia de las víctimas de los casos Barrios Altos y La Cantuta.

Qué dijo la Corte IDH sobre la liberación de Alberto Fujimori

El reciente fallo del Tribunal Constitucional ordena la inmediata liberación de Alberto Fujimori. Esto, en medio de la intervención de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que requería al Estado peruano abstenerse de ejecutar dicha excarcelación. Como se recuerda, en diciembre de 2017, el expresidente Pedro Pablo Kuczynski otorgó el indulto en medio de cuestionamientos y opiniones contrapuestas.

Dicho indulto no se pudo ejecutar. Fue para octubre de 2018 cuando el Juzgado de Investigación Preparatoria bloqueó dicha posibilidad. También, en mayo de ese año, la Corte IDH pidió al Estado que se garantice la administración de justicia de las víctimas de los casos Barrios Altos y La Cantuta, por los que Fujimori fue condenado.

Fueron los familiares de las víctimas quienes acudieron al organismo tras el indulto otorgado en 2017, al considerarlo un incumplimiento de sus recomendaciones.

Tras varias idas y venidas legales, el 17 de marzo de 2022, el Tribunal Constitucional decidió declarar fundada la demanda de habeas corpus a favor de Alberto Fujimori, interpuesta en 2020. Por lo tanto, ordena restituir la resolución que le otorgó el indulto al expresidente y disponer su inmediata liberación.

El 30 de marzo de 2022, la Corte IDH emite una resolución en atención al pedido de medidas provisionales formulado por los representantes de los deudos de las víctimas de los casos Barrios Altos y La Cantuta. En dicha resolución, el organismo requiere que se abstenga de ejecutar la orden del TC para otorgar la libertad de Fujimori Fujimori.

Posteriormente, el 7 de abril de 2022, el organismo emitió una resolución en la que considera que la sentencia del TC no analizó la compatibilidad del indulto «por razones humanitarias» concedido a favor de Alberto Fujimori. Se consideró que la sentencia era contraria a lo establecido por el propio organismo. Esta segunda resolución es la que actualmente dispone la no ejecución de la reciente sentencia emitida por el TC y fue emitida en el marco de la supervisión del cumplimiento de las sentencias del TC en los casos antes mencionados.

Al respecto, se establece que, de conformidad con el artículo 68.1 de la Convención Americana sobre Derechos humanos, existe una «obligación» del Estado de cumplir con las decisiones emitidas por la Corte IDH en todo caso que sea parte.

El incumplimiento de un Estado a lo ordenado en una sentencia de la Corte IDH lo faculta a informar a la Organización de Estados Americanos (OEA) de este hecho. En consecuencia, «queda fuera de su competencia, ordenar a un Estado, en supervisión de cumplimiento de sentencia, no ejecutar una sentencia de un tribunal», señala parte de la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional, donde se resuelve ordenar la libertad de Alberto Fujimori.

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5 diciembre 2023

Actualizado el : 5 diciembre 23 | 5:05 pm

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