Raúl Canelo, decano del Colegio de Abogados de Lima, alertó sobre la posibilidad de que el Estado peruano enfrente consecuencias de corte económicas al no acatar la resolución de la Corte IDH.
Por Diana Decurt | @DianaDecurt
Raúl Canelo, decano del Colegio de Abogados de Lima, alertó sobre la posibilidad de que el Estado peruano enfrente sanciones por parte de organismos internacionales si no cumple con la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que instó a los tres poderes del Estado a no adoptar, dejar sin efecto o no otorgar vigencia al proyecto de ley que intenta limitar el alcance de los delitos de lesa humanidad.
El último 8 de julio se dio a conocer que la jefa de Estado, Dina Boluarte, y el presidente del Congreso de la República, Alejandro Soto, enviaron una carta conjunta a la titular de la Corte IDH rechazando los términos de su resolución y pidiendo que no se inmiscuya en temas que – aseguran – no son de su competencia.
De acuerdo a Raúl Canelo, las sanciones que podría enfrentar el Estado peruano por parte de la Corte IDH son de corte moral. Sin embargo, eso implica un «desprestigio internacional» que puede tener tres tipos de repercusiones económicas importantes.
En primer lugar, los inversores podrían percibir a nuestro país como uno donde la seguridad jurídica es inexistente, por lo que podría llevarlos a dudar sobre la conveniencia de invertir en un lugar donde las leyes, la Constitución y los tratados internacionales no son respetados.
«Las categorías de inversión podrían ser mal calificadas respecto al país. Por ejemplo, el Perú busca afiliarse a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) para un mejor desarrollo, pero este tipo de organismos nos negarían la entrada«, explicó.
Otro tipo de sanciones económicas que podría enfrentar nuestro país son crediticias, es decir, no seríamos objeto de crédito para algunas organizaciones. Sumado a ello, el decano del Colegio de Abogados de Lima resaltó las «sanciones pecuniarias«, las cuales implican que el Estado peruano indemnice, de manera monetaria, a las posibles víctimas de un caso relacionado.
«En el caso de unos sentenciados chilenos por terrorismo en la época del gobierno de Fujimori, el Estado peruano tuvo que acatar la decisión de la Corte IDH y volver a procesarlos, ya que se declaró nulo el proceso anterior. Hubo muchos escándalo, pero al final el Estado tuvo que cumplir y se volvió a procesar a estos ciudadanos con las garantías que no se habían respetado supuestamente y se hizo una nueva condena«.
La mandataria Dina Boluarte y el titular del Congreso, Alejandro Soto, enviaron una carta conjunta en la cual rechazaron la resolución emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). No obstante, la firma del presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo, brilló por su ausencia.
Anteriormente, Arévalo enfatizó que, en caso sea promulgada la ley que intenta limitar el alcance de los delitos de lesa humanidad, no se va a perder la independencia de los jueces en la aplicación de dicha norma. Además, si uno de ellos considera que esta ley atenta contra la Constitución, contra los convenios internacionales, harán uso del control difuso. ¿Qué significa esto?
El decano del Colegio de Abogados lo explica: «Si alguna de las víctimas plantea, por ejemplo, un habeas corpus o un amparo o una acción de garantía constitucional respecto a estos temas, el Poder Judicial va a pronunciarse y en última instancia lo tomaría, eventualmente y dependiendo del trámite, la Corte Superior«.
No obstante, para el abogado especializado en Derecho Procesal Civil, Arbitraje y Solución de Controversias, el titular del Poder Judicial sí pudo haberse pronunciado, pero decidió no hacerlo.
«En realidad, sí podría pronunciarse (Arévalo) porque estas acciones de inconstitucionalidad no las resuelve él, pero creo que se ha dado cuenta que no es conveniente para su imagen«, señaló.
El jueves 4 de julio, el Congreso de la República aprobó, en contra de los pedidos de la Fiscalía de la Nación, y pese a las advertencias de la misma Corte IDH, una nueva ley que permite liberar de responsabilidad penal a sentenciados e investigados por crímenes que han sido calificados como delitos de lesa humanidad. La norma, conocida como la «ley que precisa la aplicación del alcance de estos delitos», permite, en la práctica, la prescripción de estos siempre y cuando se hayan cometido antes de 2002.
«Recomendaría al Estado que observe la ley y que se discutan nuevamente los alcances. Hay argumentos que podrían ayudar a los autores de la ley. Por ejemplo, esta reserva que se hizo al vincularse al Estatuto de Roma y decir que debe entrar en vigencia para adelante, no para atrás. En fin, habría que trabajar mucho, es difícil, pero podría por lo menos discutirse en generar legitimidad en esa norma», dijo Canelo.
«Lo que reclamamos es una mayor discusión que, por ejemplo, se consulte a los gremios a los abogados. Recuerden que la Fiscalía se ha opuesto, el Minjus también, entonces, nosotros como Colegio de Abogados tenemos la obligación también de pronunciarnos sobre estos temas y estudiarlos. Nos comprometemos desde una perspectiva de imparcialidad a encontrar una mejor solución al tema«, agregó.
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