Política

Proyecto busca prescripción de delitos de lesa humanidad: ¿cuáles son las consecuencias?

Por Diana Decurt | @DianaDecurt

La Comisión de Constitución del Congreso de la República aprobó este martes 12 de marzo un predictamen que propone la prescripción de procesos por delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra ocurridos antes del año 2002.

El congresista de Fuerza Popular Fernando Rospigliosi, autor del proyecto de ley, señaló que lo que se pretende es «reparar una injusticia monumental» contra policías y militares procesados por delitos como homicidio, secuestro, tortura y violación sexual. ¿Es eso cierto?

Para conocer los puntos más importantes de este predictamen y sus consecuencias, Latina Noticias se contactó con Mario Amoretti, decano del Colegio de Abogados de Lima, y Carlos Rivera, abogado penalista del Instituto de Defensa Legal (IDL).

CARLOS RIVERA: «EL PROYECTO SE ESTÁ HACIENDO CON LA FINALIDAD DE AYUDAR A LA DEFENSA DE FUJIMORI»

El proyecto de ley presentado por Renovación Popular y Fuerza Popular, contó con los votos a favor de las bancadas de Alianza para el Progreso (representada por Eduardo Salhuana), Acción Popular, Podemos Perú, Avanza País, Somos Perú, y Unidad y Diálogo. Ahora, se encuentra a un paso de ser aplicado, quedando pendiente solo la votación en el Pleno.

Al respecto, el abogado penalista del Instituto de Defensa Legal (IDL), Carlos Rivera, señala que es inconstitucional y perjudicial para las víctimas.

«En términos concretos se pretende la anulación de por lo menos 35 sentencias en casos, que en su momento, fueron declarados como crímenes de lesa humanidad», dijo.

Carlos Rivera, abogado penalista del Instituto de Defensa Legal (IDL), afirma que con este proyecto de ley se pretende la anulación de por lo menos 35 sentencias.

«Creo que en términos más políticos tengo la impresión de que el proyecto se está haciendo con la finalidad de ayudar a la defensa de Fujimori y del Estado, eventualmente, en la discusión que se va a abrir desde el mes de abril a nivel de la Corte Interamericana», señala el especialista.

El titular de la Presidencia del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, anunció el sábado 9 de marzo que el Estado peruano tiene hasta el 2 de abril para responder ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) sobre el indulto otorgado al expresidente Alberto Fujimori (1990-2000), que se hizo efectivo en diciembre de 2023, cuando este salió de prisión.

Adrianzén añadió que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y la Cancillería «están trabajando arduamente» y que confía en que el informe que van a entregar sea «sumamente contundente» para que satisfaga plenamente a la corte internacional.

«Me parece que el Congreso pretende ayudarlo en el sentido de decir que, a partir de la fecha, los crímenes de Fujimori no son de lesa humanidad. Los fujimoristas creen que podrían poner la discusión del caso en otra dimensión», sostiene Rivera.

El 5 de diciembre de 2023, el Tribunal Constitucional de Perú (TC) ordenó la libertad inmediata de Fujimori, quien cumplía 25 años de prisión, pese a que la Corte IDH pidió que las autoridades se abstuvieran de hacerlo con el fin de garantizar la justicia para las víctimas de violaciones a los derechos humanos de los casos La Cantuta y Barrios Altos.

El 5 de diciembre de 2023, el Tribunal Constitucional de Perú (TC) ordenó la libertad inmediata de Fujimori.

Otro punto a discusión con respecto a este proyecto es el Estatuto de Roma. De acuerdo a Rospigliosi, el Estatuto de Roma fue puesto en vigencia el año 2002 y la convención que declara imprescriptible ciertos delitos de lesa humanidad, en noviembre de 2003. «Explícitamente se dijo en el Congreso en ese momento que esos dispositivos no eran retroactivos y no podían aplicarse a supuestos delitos cometidos antes», dijo el congresista.

El Estatuto de Roma es el instrumento constitutivo de la Corte Penal Internacional para juzgar a los individuos responsables de los más graves delitos que afectan al mundo entero, tales como genocidio, crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad.​ Fue adoptado en la ciudad de Roma, Italia, el 17 de julio de 1998, durante la Conferencia Diplomática de plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre el establecimiento de una Corte Penal Internacional.

«Rospigliosi coloca un dato absolutamente falso. Él dice que todos los casos se han abierto a partir de el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y que el Estatuto de Roma es lo que movilizó a los jueces penales para abrir los procesos judiciales y así perseguir a los militares que han cometido el terrorismo».

Extracto del proyecto de ley de Fuerza Popular y Renovación Popular que explica su interpretación de la aplicación del Estatuto de Roma.

«Osea, ellos argumentan que ha habido una violación al principio de legalidad, principio que existe en todo el mundo por el cual tú no puedes ser juzgado y menos sentenciado por un hecho que no estaba vigente al momento en que se cometió el supuesto crimen. Afirman que los jueces han aplicado el Estatuto de Roma, que en el Perú recién está vigente desde el año 2002, y señalan que se les ha aplicado a hechos ocurridos a los años 80 y los años 90. Eso es mentira«. ¿Por qué es falso, según Rivera?

«Ningún caso de violaciones a derechos humanos se ha abierto aplicando el Estatuto de Roma. Todos los casos se han abierto sobre las disposiciones del Código Penal de 1924 que estuvo vigente hasta el año 91 y a partir del 91 con el Código Penal de 1991. Por lo tanto los jueces han cumplido rigurosamente con respetar el principal legalidad y en todos los procesos. Los casos han sido abiertos sobre la base de la ley penal vigente, no existen ningún solo caso en el que se haya abierto sobre disposiciones del Estatuto de Roma», explicó el especialista.

Pero a todo esto, ¿un crimen contra la humanidad puede prescribirse? Técnicamente no. Primero, de acuerdo a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, los crímenes contra la humanidad son conductas consideradas como los ilícitos más graves que se puedan cometer contra la población civil. «Solo serían crímenes si la violación fuese masiva y grave. La masividad puede surgir de graves violaciones simultáneas en el tiempo o bien de la suma de casos individuales, como por ejemplo, la tortura o la desaparición de personas. La gravedad se reconoce por la afectación de un derecho fundamental de la persona humana, como la vida, la libertad o la integridad personal, entre otros», especifica la entidad.

«Este tipo de crímenes: Cabitos 83, la masacre de Accomarca, las violaciones sexuales en Pativilca, el crimen de Bustíos, la matanza de Chumbivilcas del año 91, Barrios Altos, La Cantuta. No queda ninguna duda de que cuando ocurrieron en esos hechos había una costumbre internacional de identificar ese tipo de crímenes como crímenes contra la humanidad. Por lo tanto, lo que hacen es calificar complementariamente. Es decir, al homicidio de Accomarca, se le denomina complementariamente como un crimen contra la humanidad«.

«Y al calificarlos de esa forma va a tener como consecuencia inmediata que se vuelvan crímenes imprescriptibles porque ese es un mandato del derecho internacional. Estos crímenes deben sancionarse hayan ocurrido en el momento que hayan ocurrido«, explica Rivera.

MARIO AMORETTI: «FUJIMORI NO FUE JUZGADO POR LESA HUMANIDAD»

Ahora, en medio del juicio oral que enfrenta por el caso Pativilca, el expresidente Alberto Fujimori decidió estrenar y reabrir sus redes sociales. El martes 5 de marzo el exmandatario creó una cuenta en TikTok, una página web oficial, y reabrió sus páginas en Facebook y X (antes Twitter).

Fujimori Fujimori afirmó que la razón detrás de esta decisión es la de defenderse de las acusaciones en su contra respecto a la muerte y desaparición forzada de seis pobladores de la Pampa de San José y Caraqueño, registrada en 1992. “Estimados amigos, para ampliar mi defensa expuesta en las audiencias judiciales, en las que se dispone obviamente de un tiempo limitado, he decidido reabrir mis redes sociales oficiales”, anunció.

«Se me acusa de ser el autor mediato de esos asesinatos solo por haber sido presidente y por un delito de lesa humanidad inexistente en el momento de los hechos«, señaló el presidente en un tuit compartido en la red social X. En ese sentido, el expresidente continúa negando su implicación en el caso, específicamente destacando que se le acusa de un delito de lesa humanidad «inexistente» en el momento de los hechos.

Este punto también lo destaca Mario Amoretti, decano del Colegio de Abogados de Lima, quien niega que el expresidente Fujimori haya sido juzgado por lesa humanidad, a pesar de que la Corte Interamericana lo afirma. ¿Su explicación? La misma que Rospigliosi: el Tribunal Constitucional estableció que desde el 2003 sean considerados los crímenes de lesa humanidad. Es decir, rebate completamente el argumento de Rivera.

«Fujimori no fue juzgado por lesa humanidad. Lo que el Tribunal Constitucional ha establecido es que este delito recién es considerado como delito grave en el Código Penal a partir del año 2003, puesto que recién habíamos firmado el tratado internacional sobre lesa humanidad», afirmó el abogado.

Recordemos que Fujimori fue extraditado desde Chile a Perú en 2007 y condenado por su papel en la masacre de Barrios Altos, La Cantuta, violaciones de los derechos humanos, así como por delitos de corrupción. El 7 de abril de 2009 fue condenado a 25 años de prisión por la Sala Penal Especial (SPE). Se determinó que el expresidente había sido autor mediato de los delitos de homicidio calificado y lesiones graves por los hechos ocurridos en Barrios Altos y La Cantuta.

La SPE calificó los delitos en Barrios Altos y La Cantuta como crímenes de lesa humanidad, debido a que habían sido parte de una política estatal sistemática y generalizada que buscaba la eliminación de personas que presuntamente integraban grupos subversivos. La sentencia fue confirmada en segunda instancia por la Primera Sala Penal Transitoria el 30 de diciembre de 2009.

Las víctimas llevaron los casos a la Corte IDH y el Estado peruano reconoció su responsabilidad por los hechos. Fueron calificados por el tribunal interamericano como violaciones graves a los derechos humanos. Por ello, la Corte estableció que era inadmisible la aplicación de leyes de amnistía o cualquier otro tipo de excluyente.

Sin embargo, pese a este hecho y de manera contradictoria, Amoretti señala que el proyecto de Fuerza Popular y Renovación Popular no tiene a un puerto donde llegar, pues los delitos de lesa humanidad son imprescriptibles, por tanto, solo es necesaria la intervención de la Corte Interamericana.

«Mira, eso ya existe en tratados internacionales y en la Corte Penal Internacional, estos delitos son imprescriptibles, osea, a las finales se van a la Corte Interamericana y declara nula lo resuelto por el Congreso. Esto no procede, puesto que existe una norma internacional a la cual nosotros estamos vinculados», sostiene contradictoriamente.

Asimismo, el abogado asegura que, desde su perspectiva, la iniciativa legislativa no está creada para beneficiar al expresidente Fujimori, sino para generar ruido y llamar la atención de los medios de comunicación.

«Mira, no tanto beneficiar porque en realidad lo de lesa humanidad merece una pena de hasta 35 años, así que creo que es solo para ganar algo entre los medios de comunicación. En el fondo no tiene mayor trascendencia, puesto que, como lo repito, la Corte Interamericana de Derechos Humanos señala de que estos delitos son imprescriptibles», señaló.

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Redacción Latina

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