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Richard Concepción Carhuancho dicta prisión preventiva contra Keiko Fujimori por 36 meses

En el séptimo día de audiencia, el juez Richard Concepción Carhuancho decidió sobre el pedido de prisión preventiva por 36 meses contra Keiko Sofía Fujimori. 

 

El titular de la sala penal comenzó la lectura de las imputaciones formuladas por el Ministerio Público, del despacho de José Domingo Pérez, contra Keiko Fujimori e hizo especial hincapié en la facultad de disposición de ciertas acciones ilícitas. Entre ellas se habrían cometido actos de conversión a través de supuestas actividades proselitistas para poder disfrazar los ingresos de dinero ilícito.

 

Además, la organización recurrió a falsos aportantes con la ayuda de miembros de la misma y estos buscaron obstaculizar la investigación al tratar de cambiar la versión de los autores fantasmas e implicados en la investigación.

 

La Fiscalía señala que la organización criminal habría lavado 1 millón de dólares provenientes de la caja número 2 de Odebrecht. El Ministerio Público le imputa los cargos jurídicos de autora, actos de conversión, transferencia, ocultamiento y tenencia, a Keiko Fujimori.

 

¿Qué sustentó la defensa?

 

Por su parte, la defensa de Keiko Fujimori argumentó que el Ministerio Público cambió el supuesto bajo el cual se solicitó el pedido de prisión preventiva, no entregó cerca de 500 folios como parte de la documentación que entregó la Fiscalía y señaló que no se puede hacer uso de la ley de organizaciones criminales, pues la fecha en la que entró en vigencia es posterior a los hechos imputados.

 

Sobre los chats de ‘La Botica’, la defensa afirma que ninguna de las conversaciones contiene alguna evidencia de un ilícito penal. Según la defensa de Fujimori, el testigo protegido N°3 no constituye una versión corroborada para poder configurar sospecha grave de lavado de activos.

 

Posición de la Sala Penal Nacional

 

Sí existe sospecha grave del delito de lavado de activos de la imputada Keiko Sofia Fujimori y de la conformación de una organización criminal para actos de relacionados al lavado de activos. El juez Concepción Carhuancho aseguró que no se está criminalizando al partido, sino que lo que se señala es que existe una organización de facto al interior del mismo.

 

En la fundamentación de la decisión del titular del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Sala Penal Nacional se señaló que la versión presentada por el testigo protegido N°3 (mencionado como el Factor Reátegui) constituye una fuente importante para describir cómo se tomaban las decisiones en la organización del partido. Cuya cúpula funcionaba, según se expuso, de facto.

 

Según Richard Concepción Carhuancho entre los miembros de la supuesta organización criminal figuran además de Keiko Fujimori: Ana Herz, Pier Figari y Vicente Silva Checa.

 

Richard Concepción citó los chats de La Botica para señalar que existe una cúpula que dicta órdenes y ayuda a delinear una estructura criminal paralela, enquistada en el partido político. Por otro lado, afirmó que la operación de blindaje a Hinostroza tenía por objeto capturar órganos del aparato de justicia para obtener beneficios y tejer una red de impunidad.

Conclusiones del despacho de Carhuancho

 

Sobre el presupuesto de arraigo de la imputada, para el despacho del juez Concepción Carhuancho queda claro que Keiko Fujimori tiene arraigo domiciliario, familiar y ocupacional. Sin embargo, el juez considera que el arraigo no garantiza que la imputada no termine eludiendo la justicia.

 

Para Carhuancho, existieron acciones específicas que dibujan un comportamiento de dilatación de la investigación de parte de Keiko Fujimori. Entre ellas, el despacho mencionó que la estrategia específica de generar nulidades hallada en la casa de Vicente Silva Checa está relacionada directamente sus acciones como líder de la presunta organización criminal.

Además, el pronóstico de que la implicada busque eludir la justicia se refuerza en las acciones por ejercer control sobre el Congreso de la República y Consejo Nacional de la Magistratura. Por ello, Carhuancho concluye que el riesgo de peligro de fuga es elevado.

 

Puedes escuchar la lectura de la resolución de Richard Concepción Carhuancho en este video de Latina Noticias.
 

 

 

 

Redacción Latina

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