Política

TC convoca audiencia para debatir demanda de Congreso contra PJ por casos Aldo Vásquez e Inés Tello

El Pleno del Tribunal Constitucional decidió que el próximo 10 de julio, a las 9 de la mañana, se realice la audiencia para evaluar la demanda competencial interpuesta por el Congreso de la República contra el Poder Judicial, donde se dieron fallos a favor de los abogados Aldo Vásquez e Inés Tello para que se reintegren a la Junta Nacional de Justicia (JNJ).

Según el detalle del expediente publicado en la web, los magistrados del TC dispusieron que la sesión se haga en la sede de la ciudad de Arequipa. Hasta allí deberán acudir los representantes de la Procuraduría Pública del Parlamento y del PJ para exponer sus argumentos en este proceso que inició el 17 de abril pasado.

Cabe mencionar que el máximo intérprete de la Constitución Política resolvió aceptar una medida cautelar del Legislativo para dejar sin efecto el fallo de la la Primera Sala Constitucional del PJ que ordenó que Vásquez y Tello retornen a la JNJ mientras aún se resolvía la demanda de amparo de estos, pero la situación ya cambió considerablemente.

Ayer se conoció que el recurso de Vásquez y Tello fue declarado fundado, con lo que la inhabilitación de 10 años de la función pública que les impusieron en el Congreso quedó sin efecto. Según la resolución judicial, al que Latina Noticias tuvo acceso, se da cuenta también que se declara la nulidad del informe final de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) que fue el sustento para destituirlos el 8 de marzo pasado.

TC fija fecha para la audiencia de la demanda competencial presentada por el Congreso contra el PJ por los fallos a favor de Aldo Vásquez e Inés Tello.

Además, el fallo anota una advertencia al Parlamento «se abstenga de incurrir en el futuro en las mismas infracciones al ejercicio de los derechos fundamentales amparados en esta sentencia» contra los otros magistrados de la JNJ como lo son Antonio De la Haza, Imelda Tumialán, María Zavala y Guillermo Thornberry de acuerdo al artículo 1° del Código Procesal Constitucional.

«Poner en conocimiento del Ministerio Público, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y de la Relatoría Especial de las Naciones Unidas sobre la independencia de magistrados y abogados, cualquier acto de interferencia en el ejercicio independiente de nuestras funciones, de verificarse tal hecho», se lee en el documento.

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Redacción Latina

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