Si estás pensando en sacar un crédito vehicular o hipotecario presta atención a esta nota que aquí te explicamos la nuevas condiciones establecidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) realizó la modificación de varias medidas en cinco reglamentos para reforzar la protección del usuario y vigilar una adecuada gestión de conducta de las empresas del sistema financiero.
Entre estos ajustes, la SBS precisó que a partir de este miércoles 4 de octubre, los seguros distintos al seguro de desgravamen y seguros que protegen el bien garantía deberán ser opcionales e independientes al contrato de crédito.
«Hoy los únicos seguros que son considerados como condición para contratar son dos: el seguro de desgravamen y el seguro que protege la garantía sea un vehículo, si es que es un crédito vehicular o una casa o departamento, si es un crédito hipotecario. Ningún otro seguro tiene esa condición. Por lo tanto no puede ser exigido a los usuarios para que se contraten», precisó el Supervisor principal de Conducta de Mercado de la SBS, Brian Sánchez.
Lo que precisa la norma es que un seguro distinto al desgravamen o protección de una garantía no pueden estar vinculados en la documentación ni al momento del ofrecimiento del préstamo, sino que tienen que aceptarse por separado.
«Cuando se pone en el acto de contratación, lo que va a suceder es que el usuario va ha aceptar o va a tener que firmar un documento diferente. Esto permitirá que el usuario se pueda dar cuenta de qué es lo que está suscribiendo y así pueda tomar una decisión informada», explicó.
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