Ejecutivo aprueba reglamento de ley que promueve la donación de órganos en el Perú

Este sábado 14 de junio, el Gobierno publicó el reglamento de la Ley n.° 31756. Ley que promueve la donación de sangre y tejidos humanos para trasplante con fines terapéuticos.
Donar órganos y tejidos representa un acto solidario que puede salvar vidas, brindando una nueva oportunidad a quienes enfrentan enfermedades graves. La Ley N.º 31756 introduce la presunción de donación universal, lo que significa que se asume el consentimiento para la extracción de órganos de personas fallecidas, a menos que hayan expresado lo contrario en su DNI.
Esto implica que todos los ciudadanos peruanos mayores de edad son potenciales donantes. Sin embargo, la donación no es obligatoria; se trata de una decisión voluntaria y basada en la generosidad. Aquellos que no deseen ser donantes pueden dejar constancia de su negativa en su Documento Nacional de Identidad.
¿QUÉ BUSCA LA ESTA LEY?
Mediante el Decreto Supremo N.º 009-2025-SA, publicado en el diario oficial El Peruano, el Ministerio de Salud (Minsa) busca incrementar la disponibilidad de órganos y tejidos para trasplante, con el objetivo de reducir la lista de espera, que actualmente alcanza cerca de 7.000 pacientes.
Gracias a este enfoque solidario, durante el 2024 más de 930 personas fueron favorecidas con trasplantes, ya que un solo donante puede salvar o mejorar la calidad de vida de hasta diez personas.
El proceso de donación se lleva a cabo en centros de salud que cuenten con Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) y servicio de emergencia en todo el país. Todo inicia con la identificación o notificación de un posible donante —una persona fallecida con diagnóstico confirmado de muerte cerebral—, quien es evaluado para descartar condiciones médicas que impidan la donación. Luego, se verifica en el DNI si expresó su decisión en vida. En el caso de menores de edad, solo los padres o tutores legales pueden autorizar la donación.
Una vez confirmada la voluntad del donante, se informa a los familiares directos (en orden de prioridad: cónyuge, hijos mayores de edad, padres y hermanos), quienes deben firmar un documento para autorizar la extracción de órganos y tejidos.
Las personas que deseen cambiar su decisión sobre la donación de órganos y tejidos pueden hacerlo de forma gratuita a través del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), según lo establece la Ley N.º 32237.
¿QUIÉNES PUEDEN DONAR ÓRGANOS Y TEJIDOS?
Las personas deben haber fallecido bajo la condición de muerte cerebral y pasar por otras pruebas médicas para descartar enfermedades, cáncer u otras condiciones.
¿CUÁLES SON LOS ÓRGANOS Y TEJIDOS QUE SE PUEDEN TRASPLANTAR?
- Órganos: páncreas, riñón, hígado, pulmón y corazón.
- Tejidos: válvulas cardiacas, córneas, piel tendones y huesos.