Feriado 8 de octubre: esto es lo que te deben pagar si trabajas el Día del Combate de Angamos
Este miércoles 8 de octubre se conmemora el Día del Combate de Angamos, una fecha declarada feriado nacional para todos los trabajadores del sector público y privado. Según el Decreto Legislativo N.° 713, los empleados tienen derecho a descanso pagado; sin embargo, quienes laboren ese día sin recibir un descanso sustitutorio deberán recibir un pago especial.
De acuerdo con Álvaro Gálvez, gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), el trabajador tiene derecho a una remuneración equivalente al triple de su salario diario. Este monto se compone del pago del feriado (ya incluido en el sueldo mensual), el pago por la jornada efectivamente trabajada y una sobretasa del 100%
CÓMO SE CALCULA
Por ejemplo, si una persona gana S/ 1,500 al mes, su salario diario es de S/ 50. En caso de trabajar el 8 de octubre, recibirá S/ 150 en total por ese día (S/ 50 por el feriado, S/ 50 por el trabajo y S/ 50 por la sobretasa).
La CCL precisó que, aunque comúnmente se denomine “triple remuneración”, en realidad el trabajador recibe el doble adicional de su salario diario, ya que el pago del feriado ya está contemplado en su sueldo mensual. Además, si el feriado coincide con el día de descanso semanal, el trabajador solo percibirá la remuneración correspondiente a ese descanso.