Nueva ley de nacionalidad peruana es oficial: extranjeros deberán cumplir estos requisitos para obtenerla
La nueva Ley de Nacionalidad (Ley N.° 32421) ya es oficial y trae consigo cambios significativos en los requisitos y procedimientos para acceder, recuperar o renunciar a la nacionalidad peruana. Según informó la Superintendencia Nacional de Migraciones, la norma incorpora criterios de seguridad nacional e intereses del Estado como parte fundamental para la entrega de este derecho.
¿QUÉ DICE LA NORMA?
El texto, aprobado por el Congreso de la República y promulgado por el Poder Ejecutivo, establece que la nacionalidad podrá ser denegada a quienes representen una amenaza para la integridad y el orden interno del país. Además, introduce mecanismos de verificación más estrictos para evitar el fraude documental y garantizar la legitimidad de los solicitantes.
Entre las modificaciones más relevantes, se encuentra el aumento del requisito de residencia migratoria para la naturalización: pasa de dos a cinco años continuos e inmediatos, acompañados de la acreditación de ingresos lícitos equivalentes a 10 UIT anuales (aproximadamente S/ 53 500) con tributación formal. En el caso de la nacionalidad por matrimonio, el plazo mínimo de convivencia pasa de dos a cuatro años, siempre con residencia migratoria vigente.
La norma también regula la doble nacionalidad, que ahora exigirá solvencia económica comprobada y cumplimiento tributario, y establece requisitos específicos para casos especiales como distinción meritoria o deportista calificado, ambos con al menos dos años de residencia en el país. De igual forma, todos los solicitantes deberán superar evaluaciones de idioma, historia, geografía, Constitución, arte, cultura y actualidad nacional, además de controles de antecedentes a través de la INTERPOL.
El procedimiento administrativo tendrá un plazo máximo de 18 meses, prorrogable por seis meses adicionales en casos excepcionales, tiempo en el cual se realizarán todas las verificaciones correspondientes. Al finalizar, el solicitante recibirá el título o registro de nacionalización en una ceremonia oficial con juramento de fidelidad al Perú.
Y, ¿LOS TRÁMITES EN CURSO?
La ley también contempla disposiciones para los trámites en curso. Los procesos de obtención y recuperación de nacionalidad iniciados antes de la entrada en vigor de la nueva normativa se regirán por las reglas anteriores. Asimismo, las personas con títulos o registros emitidos, pero pendientes de recojo, tendrán un plazo de seis meses, contados desde el requerimiento de la autoridad, para apersonarse de manera personal, sin intermediarios.
Finalmente, la norma establece que entrará en vigencia al día siguiente de la publicación de su reglamento, que deberá emitirse en un plazo máximo de seis meses.