Equifax, Sentinel e Infocorp no podrán ser tomadas en cuenta para algún proceso de selección.
Los informes crediticios de las centrales privadas de información de riesgos (CEPIR) ya no serán considerados como criterio para seleccionar a una persona en procesos de selección para algún empleo. Esta decisión se extiende para empresas públicas y privadas.
El Congreso de la República fue quien aprobó la medida con una votación mayoritaria. Es así que la ley recibió la aprobación del Poder Legislativo con 106 votos a favor, un voto en contra y dos abstenciones.
Cabe precisar que las empresas, tanto públicas como privadas, deberán obtener el consentimiento por escrito de las personas que solicitan empleo si desean acceder y utilizar el informe crediticio emitido por las CEPIR.
Se destaca que, a partir de este momento, la información proveniente de las centrales de riesgo no podrá ser motivo de exclusión en ninguna etapa de la convocatoria, ya que esto sería considerado un ‘acto discriminatorio’.
La iniciativa también señala que el reporte de crédito no puede incluir ‘juicio de valor’ sobre las personas a las que las centrales califican.
Están excluidos de los alcances de la nueva ley los postulantes a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), así como a las entidades que estás supervisan como bancos, financieras, cajas municipales, administradoras de fondos de pensiones, casas de bolsa, entre otras que puedan operar en esos sectores.
Los informes crediticios de las centrales privadas de información de riesgos (CEPIR) recolectan y brindan información respecto del comportamiento de pago de personas naturales y jurídicas. Algunas de las empresas de este rubro que trabajan en el Perú son:
Te puede interesar:
También te puede interesar