El abogado de la vicepresidenta determinó que su patrocinada no ha vulnerado el artículo 126, dado que los documentos registrales no configuran actos de gestión ni de dirección.
Alberto Otárola, defensa legal de la vicepresidenta Dina Boluarte, cuestionó el informe de la Contraloría, pues aseguró que a dicho organismo no le compete hacer ciertas descripciones como lo realizaron con esta supuesta “infracción constitucional”. Asimismo, instó al titular de esta entidad a explicar el tema.
«La Contraloría General de la República no tiene facultades para calificar si un ministro o vicepresidente comete o no una infracción constitucional. (…) La Constitución exige que exista una incompatibilidad real, una afectación a los intereses del Estado. La señora Boluarte lo que hace es regular los actos que se iniciaron antes de ser ministra y que significaron el levantamiento de actos registrales», precisó el abogado.
Asimismo, Alberto Otárola puntualizó que existe un pleno de los registros públicos que obliga a quienes dejaron los cargos a regularizar las actas y observaciones porque si no la asociación se paraliza. Alegó que es exactamente lo que sucedió con su patrocinada.
“La señora Boluarte no ha vulnerado el artículo 126, porque los actos tanto registrales como llevados a cabo en la Municipalidad de Lima no significan actos de gestión ni de dirección”, expresó Otárola Peñaranda en diálogo con Sin Medias Tintas.
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