Feriados de 28 y 29 de julio: ¿qué días caen y cuánto me deben pagar si trabajo esas fechas?

Si perteneces al sector privado y te toca trabajar los feriados de 28 y 29 de julio, entérate en esta nota cuánto debería pagarte tu empleador.

Feriados de 28 y 29 de julio: ¿qué días caen y cuánto me deben pagar si trabajo esas fechas?

Los feriados por Fiestas Patrias son unos de los más esperados del año por los peruanos. Es por ello que muchos piensan en viajar o realizar actividades los días 28 y 29 de julio; sin embargo, para quienes deben trabajar en esas fechas, les corresponde un pago extra en su planilla. ¿Sabes a cuánto asciende esa cifra?

Según estipula el artículo 9 del Decreto Legislativo 713, Ley de Descansos Remunerados, ambas fechas son consideradas como feriados calendario. Pero, si tu empleador requiere que vayas a trabajar esos días, debes saber que puedes gozar de un beneficio extra.

¿CUÁNTO ME PAGAN SI TRABAJO 28 Y 28 DE JULIO?

Para este 2023, los feriados de 28 y 29 de julio caen viernes y sábado, respectivamente. Además, el jueves 27 ha sido considerado como feriado no laborable. Esta norma debe ser acatada por todo el sector público con cargo a recuperar las horas posteriormente. Mientras tanto, en el sector privado, esto puede darse tras un previo acuerdo entre empleado y empleador.

Por lo tanto, si trabajas los días 28 y 29, debes recibir un pago de tres remuneraciones diarias por cada feriado trabajado. Es decir, el trabajador recibirá el pago de su remuneración por el día trabajado, incluido en el detalle mensual, un pago correspondiente a la labor realizada y un pago extra del 100% de lo que percibe.

En el caso de que el empleador decida otorgar un descanso en compensación al día trabajado, ya no se recibe un pago extra.

¿CÓMO CALCULAR EL PAGO DE LOS FERIADOS DEL 28 Y 29?

Si tu remuneración mensual equivale a un sueldo mínimo de S/ 1025, tu pago por día de trabajo es de S/ 34.70. Entonces, trabajando un feriado ganarías esta cifra multiplicada por tres. El resultado es de S/ 102.50 por feriado laborado.

¿QUÉ PASA SI LA EMPRESA NO CUMPLE CON PAGAR LOS FERIADOS?

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) señala que el incumplimiento del pago de feriados no laborables constituye una infracción grave. Las multas a las empresas que no cumplan con estas bonificaciones podrían recibir multas de hasta S/ 241.638, en el caso de no ser una mype.

12 julio 2023

Actualizado el : 12 julio 23 | 3:45 pm

Tags:

No se encontraron tags registrados para esta noticia.

También te puede interesar

Latina Televisión | Av. San Felipe 968 - Jesús María | Teléfono: 219 1000