El INPE tiene ahora 5 días para disponer sobre el pedido del expresidente.
El Tribunal Constitucional del Perú ordenó al Instituto Nacional Penitenciario (INPE) que, en un plazo máximo de cinco días, responda a la solicitud del expresidente Alejandro Toledo para recibir atención médica en una clínica privada.
Desde su encarcelamiento, Toledo ha presentado varias solicitudes para recibir atención médica fuera de las instalaciones del INPE, alegando que su salud no está siendo adecuadamente atendida dentro del sistema penitenciario.
En junio de 2023, el expresidente presentó dos peticiones al director del establecimiento penitenciario solicitando los resultados de sus exámenes clínicos y de laboratorio realizados en el hospital de EsSalud de Ate Vitarte, así como la receta médica proporcionada por el médico Jhon Lozano. Estas solicitudes fueron inicialmente denegadas por el INPE.
El Tribunal Constitucional declaró parcialmente fundada la demanda de hábeas corpus presentada por Toledo. En su fallo, el tribunal anuló las notificaciones previas que establecían que su atención médica se realizaría exclusivamente en EsSalud y rechazaba su solicitud de ser atendido en la clínica San Pablo.
Según el tribunal, la negativa de la administración penitenciaria carecía de justificaciones fácticas y jurídicas para impedir que Toledo recibiera atención multidisciplinaria en una clínica privada, especialmente para exámenes auxiliares no disponibles en EsSalud.
El tribunal señaló que, en ocasiones anteriores, el INPE ha permitido el traslado de reclusos a centros de salud privados cuando las circunstancias lo han justificado.
Sin embargo, el tribunal también declaró improcedente la demanda para que Toledo sea trasladado directamente a la clínica San Pablo. La resolución establece que esta decisión debe ser tomada por el INPE, dentro de sus competencias y tras un análisis detallado de la situación específica de Toledo.
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