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Congreso promulga norma que debilita la colaboración eficaz

Entre los cambios más significativos es que el plazo de la colaboración eficaz será de 8 meses, no se podrá corroborar las declaraciones de los aspirantes en el proceso, y se tendrá obligatoriamente un registro audiovisual.

Congreso promulga norma que debilita la colaboración eficaz

El Congreso de la República promulgó la norma que debilita la colaboración eficaz, una herramienta clave que los fiscales usan para investigar casos complejos de corrupción que involucran a altos funcionarios del Estado. La resolución aparece en el boletín de normas legales del diario oficial El Peruano con las firmas del titular de la Mesa Directiva, Alejandro Soto, y su primer vicepresidente Arturo Alegría.

El Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, tendrá un plazo de 30 días para reglamentar la ley que entrará en vigencia para los procesos que haya de hoy en adelante.

Entre los principales cambios que se leen en la propuesta es que el fiscal podrá disponer el inicio del procedimiento por colaboración eficaz, ordenando las diligencias de corroboración que considere pertinentes para determinar la eficacia de la información proporcionada.

Además, el plazo para la celebración del acuerdo con un colaborador tendrá un plazo de 8 meses. Sin embargo, el fiscal podrá prorrogar este tiempo por 4 meses más. Ahora bien, cuando sea un caso de crimen organizado puede solicitarse hasta 8 meses adicionales.

Norma promulgada por el Congreso que debilita la colaboración eficaz.

Otro aspecto es que estará prohibido que haya una corroboración de la declaración de un aspirante a colaborador eficaz con la de otro.

Finalmente, la declaración del aspirante será recibida directamente por el fiscal del caso en presencia de su abogado. Pero además habrá, aparte del acta, el registro de un medio audiovisual que se conservará hasta su remisión al juez junto con los demás actuados.

PELIGROS EVIDENTES

Latina Noticias ya había alertado en base a consultas con expertos sobre los riesgos que tendrá esta norma en la necesidad de indagar casos de corrupción estatal.

El abogado penalista Andy Carrión señaló que los plazos establecidos en la norma elaborada en el Congreso no eran los más adecuados, a pesar de que estaba de acuerdo con que se ponga un periodo determinado para la colaboración eficaz.

Abogado penalista Andy Carrión.

«Mi propuesta en el tema de una colaboración de un proceso vinculado a organización criminal debería ser de 36 meses como la prisión preventiva. En tanto, para los delitos ordinarios tendrían que ser 12 meses y los complejos cerca de 16 meses», opinó.

Por su parte, el exprocurador anticorrupción Luis Vargas Valdivia anotó que era «una clara intención de afectar este instrumento de la colaboración eficaz que ha demostrado ser útil para combatir la criminalidad, sobre todo, organizada».

Ante esta situación, Carrión y Vargas Valdivia coincidieron en que el Poder Judicial y la Fiscalía podrían recurrir al Tribunal Constitucional para interponer una acción de inconstitucionalidad contra lo aprobado en el Congreso respecto a la colaboración eficaz.

Sin embargo, también anotaron que ambas entidades podrían aplicar un control concentrado de constitucionalidad, como ocurrió con la llamada Ley Soto para que no se aplicable.

Exprocurador anticorrupción Luis Vargas Valdivia.

Los especialistas recalcaron que los casos que podrían verse en peligro están los relacionados al gobierno del encarcelado expresidente Pedro Castillo y de la suspendida exfiscal de la Nación, Patricia Benavides, donde su principal delator es su exasesor Jaime Villanueva.

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21 marzo 2024

Actualizado el : 21 marzo 24 | 1:59 pm

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