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¿Quiénes y cuándo pueden cobrar el Fonavi en marzo?

Consulta en la siguiente nota si formas parte de la lista de beneficiarios del Fonavi para este mes de marzo.

¿Quiénes y cuándo pueden cobrar el Fonavi en marzo?

El Estado ha dado un paso significativo hacia la devolución de dinero a los exaportantes del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) al publicar la reglamentación correspondiente en El Peruano.

Como es de conocimiento, ello facilita el inicio del proceso de devolución tanto para aquellos fonavistas que pudieron acreditar sus aportes monetarios como para aquellos cuyos periodos de aportes han sido reconocidos hasta la fecha. La Comisión Ad Hoc ha sido facultada para llevar a cabo estas devoluciones, utilizando una fórmula de reparto para garantizar una distribución equitativa de los fondos.

Los fonavistas que formaron parte de las listas del 1 al 19 y que no pudieron cobrar anteriormente, podrán comenzar a acceder a la devolución de fondos a partir del 1 de febrero de 2024.

Para realizar consultas sobre este proceso, los interesados deberán ingresar al sitio web de la Secretaría Técnica del Fonavi y seleccionar la opción específica para los «Pendientes de Cobro de Grupos de Pago N° 1 al 19». Una vez confirmado que se ha reactivado el pago, podrán dirigirse a cualquier agente del Banco de la Nación con su documento nacional de identidad (DNI) para retirar el dinero correspondiente.

En cuanto a la tan esperada Lista 21, Jorge Milla, miembro de la Comisión Ad Hoc en representación de la Asociación Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú (Fenaf Perú), ha anunciado que el proceso de devolución para los integrantes de esta lista está en marcha y se espera que los pagos comiencen «a finales de marzo». Esta información fue compartida durante una entrevista con el medio Infobae, donde Milla explicó que, aunque la intención era realizar los pagos en su totalidad, se decidió activar un pago parcial debido a la programación de pagos masivos a partir de marzo.

La medida que permite estos avances fue oficializada a través del Decreto Supremo Nº 280-2023-EF, publicado en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. Este decreto tiene como objetivo principal establecer un ordenamiento en los procedimientos relacionados con la devolución de aportes al Fonavi, así como implementar medidas de simplificación administrativa y optimización de los procedimientos, incluyendo el registro y pago a los deudos de los fonavistas fallecidos, y la gestión de los activos pertenecientes al Fonavi, entre otros aspectos.

Con esta regulación y los avances en el proceso de devolución de fondos, se espera brindar una solución efectiva y justa para los fonavistas que han estado esperando durante mucho tiempo la recuperación de sus aportes al Fondo Nacional de Vivienda.

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1 marzo 2024

Actualizado el : 1 marzo 24 | 3:40 pm

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