Política

Retiro de AFP y CTS al 100%: esto es lo que dice el nuevo proyecto de ley

Desde el Congreso de la República se ha lanzado el quinceavo proyecto de ley que plantea el retiro de los fondos del Sistema Privado de Pensiones (SPP) de hasta 4 Unidades Impositiva Tributaria (UIT) y la ampliación de tiempo de retiro de la Compensación de Tiempo por Servicio (CTS) al 100%.

La medida fue propuesta por el congresista Luis Aragón Carreño de Acción Popular, a través del Proyecto de Ley N° 6091, que de aprobarse, permitirá a los ciudadanos hacer el retiro de su CTS hasta el 2025. Respecto a la AFP, el retiro sería de hasta S/19.800, pues la UIT para este año es de S/4950.

RETIRO DE AFP DE S/19.800

De acuerdo al proyecto, el retiro de los fondos de la AFP se haría de la siguiente manera:

  • Los afiliados por única vez tienen que presentar su solicitud de forma virtual o presencial. Esto en el plazo de los 90 días calendario posteriores a la vigencia del reglamento de la presente ley.
  • Se depositará hasta 1 UIT cada 30 días calendario, realizándose el primer desembolso a los 30 días calendario de presentada la solicitud ante la Administradora Privada de Fondos de Pensiones a la que pertenezca el afiliado. Esto se aplica hasta el segundo desembolso y el resto será entregado en el tercero.
  • Si el afiliado desea dejar de retirar los fondos de su cuenta individual de capitalización, podrá hacerlo, solicitando por única vez dicho pedido a la AFP dentro de los 10 días calendario antes del desembolso.

CTS RETIRO DEL 100% HASTA EL 2025

«Se autoriza, por única vez y hasta el 31 de diciembre del 2025, a los trabajadores comprendidos dentro de los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado por el Decreto Supremo 001-97-TR, a disponer libremente del cien por ciento (100%) de los depósitos por compensación por tiempo de servicios efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición», se lee en el documento.

En el caso de que dicha medida se aprobada, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y el Ejecutivo, deberán determinar a través de un reglamento cuál será el procedimiento operativo para hacer efectiva dicha norma. Esto no deberá de pasar los 15 días calendarios desde su publicación.

Los motivos que resalta el autor de dicha propuesta son:

  • La crisis económica que se está manifestando a través del incremento de los precios de productos de primera necesidad.
  • La falta de empleabilidad
  • La inflación
  • La disminución del poder adquisitivo de las familias
  • El impacto del fenómeno «El Niño Costero» que ha originado graves pérdidas económicas a la ciudadanía.
Redacción Latina

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